Traducción de Google: Nota de Ville Hietanen (Jerome) de ProphecyFilm.com y Against-All-Heresies-And-Errors.blogspot.com: En la actualidad, yo (pero no mi hermano del correo "professionfilm12") he actualizado muchos de mis cree estar más en línea con el Vaticano II y ya no me adhiero a la posición de que el Vaticano II o los protestantes, musulmanes, budistas o varios grupos y pueblos tradicionalistas, etc. o las diversas enseñanzas, santos y adherentes al Vaticano II (y otros canonizados por el Vaticano II) como Santa Madre Teresa o San Papa Juan Pablo II, etc., fue herético o condenado o no católico (o no el Papa) - o que son indignos de este título. También he abrazado las opiniones sexuales sobre el matrimonio del Vaticano II y ya no me adhiero a las interpretaciones estrictas expresadas en este sitio web y en mis otros sitios web. Para leer más de mis puntos de vista, vea estos artículos: Algunas correcciones: Por qué ya no condeno a otros ni los juzgo como malvados que hice antes. Por qué ya no rechazo al Vaticano II y a los sacerdotes católicos tradicionales ni a recibir sacramentos de ellos (sobre el bautismo de deseo, el bautismo de sangre, la planificación familiar natural, Una Cum, etc.) Preguntas y respuestas: ¿La condenación y los tormentos eternos para nuestros hijos y seres queridos es "verdad" y "buena", pero la salvación para todos es "maldad" y una "herejía"?

Celibato - Célibe, Castidad, Virginidad

Celibato, Castidad, Virginidad

Todo cristiano es llamado a la castidad. El cristiano se ha "revestido de Cristo" (Ga 3, 27), modelo de toda castidad. Todos los fieles de Cristo son llamados a una vida casta según su estado de vida particular. En el momento de su Bautismo, el cristiano se compromete a dirigir su afectividad en la castidad. Existen tres formas de la virtud de la castidad: una de los esposos, otra de las viudas, la tercera de la virginidad. En el cristianismo las parejas de novios deben practicar la castidad, en este caso, la abstinencia sexual. En estos términos, las relaciones sexuales son castas sólo dentro del matrimonio.

Definición

Celibato es la renuncia al matrimonio, implícita o explícita, que hacen los que reciben el Sacramento de las Órdenes en cualquiera de los grados más altos para la más perfecta observancia de la castidad. Como veremos, el carácter de esta renuncia es variamente entendido en la Iglesia Latina y en la Oriental. Hablando, por el momento, sólo de la cristiandad occidental, cuando los candidatos a las Órdenes se presentan para el grado de subdiácono, al comienzo de la ceremonia los obispos les advierte solemnemente sobre la gravedad de la obligación en que están incurriendo. Les dice:

Ustedes deben considerar ansiosamente una y otra vez qué clase de carga es esta que están tomando sobre ustedes por su propia voluntad. Hasta aquí ustedes son libres. Aún pueden, si lo desean, regresar a las metas y deseos del mundo (licet vobis pro pro artitrio ad caecularia vota transire). Pero si ustedes reciben esta orden (la del subdiaconado) ya no será lícito volver atrás. Se les requerirá continuar al servicio de Dios, y con su ayuda observar la castidad y estar atado para siempre en el ministerio del altar, para servir a quien reinará.”

Al continuar adelante a pesar de esta advertencia, cuando se les invita a ello, y al cooperar en el resto del servicio de ordenación, se entiende que el candidato se obliga igualmente a un voto de castidad. A partir de ahora no puede contraer un matrimonio válido, y cualquier transgresión en materia de este voto no sólo es un grave pecado en sí, sino que incurre en la culpa adicional de sacrilegio.


Principios generales

Antes de pasar a la historia de esta observancia será conveniente tratar en primer lugar con ciertos principios generales involucrados. La ley del celibato ha sido objeto de frecuentes ataques, especialmente en los últimos años (vea, por ejemplo, H. C. Lea, History of Sacerdotal Celibacy, 3ra. Ed., 1907, en dos volúmenes), y es importante en primer lugar, para corregir ciertos prejuicios así creados. Aunque no encontramos en el Nuevo Testamento ninguna indicación de que el celibato se haya hecho obligatorio ya sea a los Apóstoles o a aquellos a quienes ellos ordenaron, tenemos amplio fundamento en el lenguaje de nuestro Salvador, y de San Pablo para mirar a la virginidad como la llamada más alta y, por inferencia, como la condición digna de aquellos que son separados para la obra del ministerio. En Mt. 19.12, Cristo claramente ensalza a aquellos que “por amor al Reino de los Cielos” se han mantenido al margen del estado matrimonial, aunque añade: "Quien pueda entender, que entienda.” San Pablo es aún más explícito: “Mi deseo sería que todos los hombres fueran como yo; más cada cual tiene de Dios su gracia particular, unos de una manera, otros de otra. No obstante, digo a los célibes y a las viudas: Bien les está quedarse como yo.” Y más adelante: “Yo os quisiera ver libres de preocupaciones. El no casado se preocupa de las cosas del Señor, de cómo agradar al Señor. El casado se preocupa de las cosas del mundo, de cómo agradar a su mujer; está por tanto dividido. La mujer no casada, lo mismo que la doncella, se preocupa de las cosas del Señor, de ser santa en el cuerpo y en el espíritu. Mas la casada se preocupa de las cosas del mundo, de cómo agradar a su marido. Os digo esto para vuestro provecho, no para tenderos un lazo, sino para moveros a lo más digno y al trato asiduo con el Señor, sin división.” (1 Cor. 7,32-35).

Además, si bien aceptamos que el motivo al que se apela aquí es en cierta medida utilitario, probablemente estaríamos justificados en decir, con el distinguido canonista George Phillips, que el principio que subyace a la acción de la Iglesia en imponer el celibato a su clero no se limita a este aspecto utilitario, sino que va aún más profundo. Desde los primeros tiempos los discípulos personificaron y concibieron a la Iglesia como la Novia Virgen y como el cuerpo puro de Cristo, o también como la Virgen Madre (parthenos mëtër), y era claramente apropiado que esta Iglesia virgen debía ser atendido por un sacerdocio virgen. Entre judíos y paganos el sacerdocio era hereditario; sus funciones y poderes eran transmitidos por generación natural. Pero en la Iglesia de Cristo, como una antítesis de esto, el carácter sacerdotal era impartido por el Espíritu Santo en el Sacramento instituido divinamente del Orden. La virginidad es en consecuencia una prerrogativa especial del sacerdocio cristiano. La virginidad y el matrimonio son santos, pero de diferentes maneras. La convicción de que la virginidad posee una santidad más alta e intuiciones espirituales más claras parece ser un instinto plantado profundo en el corazón del hombre. Incluso en la Legislación de Moisés, donde el sacerdote engendraba hijos que heredaban sus funciones, sin embargo, se les ordenaba observar la continencia durante el período en el que servían en el Templo. Sin duda, una razón mística de este tipo no es un llamamiento a todos, pero tales consideraciones siempre han ocupado un lugar prominente en el pensamiento de los Padres de la Iglesia; como se ve, por ejemplo, en la advertencia muy comúnmente dirigida a subdiáconos de la Edad Media en el momento de su ordenación. "Con respecto a ellos le ha placido a nuestros Padres que los que manejan los sagrados misterios deben observar la ley de la continencia, como está escrito: ‘Sed limpios ustedes los que se ocupan de los vasos del Señor'" (Maskell, Monumenta Ritualia, II, 242) .

Respecto una vez más al efecto sobre el trabajo de un sacerdote el siguiente testimonio sincero de un distinguido clérigo casado y profesor de Trinity College, Dublín, es muy llamativo. "Pero desde el punto de vista de la predicación", escribe el profesor Mahaffy, "no puede haber duda de que la vida matrimonial crea grandes dificultades y obstáculos. Las distracciones causadas por enfermedad y otras desgracias humanas aumentan necesariamente en proporción al número de miembros en la casa; y como el clero en todos los países tienden a tener familias numerosas el tiempo que podría ser usado en la meditación de sus discursos le es quitado por otros deberes y cuidados. Cuando el sacerdote católico termina su ronda diaria de deberes afuera, vuelve a la casa a un estudio tranquilo, donde no hay nada que perturbe sus pensamientos. El padre de familia es recibido en la puerta por la tropa de niños que le dan la bienvenida y reclaman su interés en todos sus pequeños asuntos. O bien los desacuerdos del hogar le reclaman como árbitro y su mente es perturbada no por la mera contemplación especulativa de los defectos y locuras de la humanidad, sino por su invasión real de su casa." (Mahaffy, The Decay of Modern Preaching, Londres, 1882, p. 42.)


Historia del celibato clerical

Primer período

Pasando ahora a la evolución histórica de la presente ley del celibato, necesariamente debemos comenzar con la instrucción de San Pablo (1 Tim. 3,2.12, y Tito I,6) que un obispo o un diácono debe ser "el marido de una sola mujer". Estos pasajes parecen fatales para cualquier argumento de que el celibato se hizo obligatorio para el clero desde el principio, pero por otro lado, el deseo del Apóstol de que otros hombres fuesen como él (1 Cor. 7,7-8, ya citado) excluye la inferencia de que él deseara que todos los ministros del Evangelio se casaran. Las palabras significan, sin lugar a dudas, que en aquellos días de divorcio frecuente, el candidato adecuado era un hombre que poseyera también, entre otras cualidades que San Pablo enuncia que probablemente harían respetar su autoridad, la estabilidad de carácter que se demostraba por la fidelidad a una mujer. La directriz es, por tanto, restrictiva, no por mandato; excluye a los hombres que se han casado más de una vez, pero no impone el matrimonio como una condición necesaria. Esta libertad de elección parece haber durado durante todo lo que podemos llamar, con Vacandard, el primer período de la legislación de la Iglesia, es decir, hasta cerca de la época de Constantino y el Primer Concilio de Nicea.

Segundo período

En la historia del celibato clerical la legislación conciliar marca el segundo período durante el cual la ley tomó una forma definida, tanto en Oriente como en Occidente. La primera sanción en la materia es la del Concilio Español de Elvira (entre 295 y 302) en el canon XXXIII, el cual le imponía el celibato a las tres órdenes mayores del clero: obispos, sacerdotes y diáconos. Si continuaban viviendo con sus esposas y engendraban hijos después de su ordenación, habrían de ser depuestos. Esto parece haber sido el comienzo de la divergencia en este asunto entre Oriente y Occidente. Si podemos confiar en el antedicho relato de Sócrates, en el [[Primer Concilio de Nicea (325) se hizo un intento (tal vez por el obispo Osio, quien había estado también en el de Elvira) para imponer una ley similar a la aprobada en el concilio español. Pero Pafnucio, como hemos visto, argumentó contra ella, y los Padres de Nicea se conformaron con la prohibición expresada en el tercer canon que prohibía mulieres subintroductas. Ningún obispo, sacerdote o diácono tendría a ninguna mujer viviendo con él en la misma casa, a menos que se tratara de su madre, hermana o tía, o en cualquier caso personas contra las que no se pudiera presentar sospecha. Pero el relato de Sócrates, al mismo tiempo indica que no se contemplaba el matrimonio por parte de los que ya eran obispos o sacerdotes; de hecho, se suponía que era contrario a la tradición de la Iglesia.

Esto es además lo que aprendemos por el Concilio de Ancira en Galacia, en 314 (canon X), y de Neo-Cesarea en Capadocia, en 315 (canon I). El último canon prohibía absolutamente a un sacerdote contraer un nuevo matrimonio bajo pena de deposición, el primero le prohibía incluso a un diácono contraer matrimonio, si al momento de su ordenación no hizo ninguna reserva en cuanto al celibato. Suponiendo, sin embargo, que protestó en el momento de que una vida célibe estaba por encima de sus fuerzas, los decretos de Ancira le permitían casarse con posterioridad, como si hubiese recibido tácitamente el permiso del obispo ordenante. Aquí no hay nada que de por sí le prohibiese incluso a un obispo retener a su esposa, si se casaron antes de la ordenación. En este sentido la ley, como se observa en las Iglesias Orientales, se fue elaborando progresivamente más estricta. El Código de Derecho Civil de Justiniano I no le permitía ser consagrado obispo a nadie que tuviese hijos, o incluso sobrinos, por miedo a que el afecto natural pudiese desviar su juicio.

Con respecto a subdiáconos, de hecho, el caso no estaba claro. Parece que el Papa Siricio (385-398) los clasificó con los acólitos y no les exigió la separación de sus esposas hasta después de la edad de treinta cuando podían ser ordenados diáconos si anteriormente, durante un corto período de prueba, habían demostrado su capacidad para llevar una vida de muy estricta continencia. Escritores como Funk y Wernz consideran que estaban obligados al celibato en la época del Papa León Magno (446). El Concilio de Agde, en la Galia, en el año 506, les prohibió el matrimonio a los subdiáconos, y como los sínodos de Orléans (538) y Tours (567) les prohibía incluso a los ya casados continuar viviendo con sus esposas. Como otros concilios tomaron una línea opuesta, la incertidumbre continuó hasta que el rey Pipino, en 747, le dirigió una pregunta sobre el tema al Papa San Zacarías. Incluso entonces el Papa le dejó a cada localidad, en cierta medida, a sus propias tradiciones, pero decidió claramente que una vez un hombre había recibido el subdiaconado ya no era libre para contraer un nuevo matrimonio. El punto dudoso fue la legalidad de continuar viviendo con su esposa como su marido. Durante esta época merovingia no se insistió en la separación real de los clérigos de las esposas con las que se habían casado antes. Una ley del emperador Honorio (420) prohíbe que se deje a estas esposas desamparadas, e incluso enfatiza en el hecho de que, por su conducta íntegra ellas habían ayudado a sus maridos a ganar esa buena reputación que le había hecho merecedores de la ordenación. Sin embargo, esta convivencia como hermano y hermana no puede haber resultado del todo satisfactoria, a pesar de que tenía a su favor ejemplos tan ilustres como los de San Paulino de Nola, y de Salviniano de Marsella.

Por último, en el Primer Concilio de Letrán (1123), se aprobó una ley (confirmada más explícitamente en el Segundo Concilio de Letrán, can. VII) que, aunque en sí misma no está muy claramente redactada, se promulgó para declarar inválidos los matrimonios contraídos por subdiáconos o eclesiásticos de cualquiera de las órdenes superiores (contracta quoque matrimonia ab hujusmodi personis disjungi ... judicamus-can. XXI). Se puede decir que esto marca la victoria de la causa del celibato. De ahí en adelante, ante los ojos del derecho canónico, todas las relaciones conyugales por parte del clero en las órdenes sagradas se redujeron a simple concubinato. Tampoco se puede pretender que esta legislación, por así decirlo, con la firma y claros pronunciamientos del Cuarto Concilio de Letrán en 1215, y luego por los del Concilio de Trento, permaneciese por más tiempo como letra muerta. Sin duda hay que reconocer que hubo laxitud en el clero en ciertas épocas y en ciertas localidades, pero los principios del derecho canónico se mantuvieron inamovibles, y a pesar de todas las afirmaciones en lo contrario hechas por asaltantes inescrupulosos del sistema romano, la llamada a una vida de abnegada continencia, por regla general, ha sido respetada por el clero de la cristiandad occidental.


Posición de la Iglesia sobre el celibato

Uno de los temas que causan aun gran polémica en nuestra sociedad es el del Celibato. Muchos se cuestionan la razón por la que los sacerdotes y las religiosas no se casan, sin encontrar muchas veces una respuesta justa. Esto, en medio de la sociedad secularizada y "pragmática" en la que vivimos, ha hecho que los jóvenes no se interroguen sobre la posibilidad de vivir este estilo de vida ya que muchos lo consideran incluso anti-natural. Lo primero que debemos decir sobre este estado de vida, es que no es algo nuevo o que pertenezca únicamente al cristianismo, ya que desde la antigüedad, muchas culturas, como la griega y la Romana (y antes de ellos muchas más) lo practicaban. Ahora bien, es importante destacar que este estado de vida, en general, siempre ha estado relacionado con la vida religiosa, en donde, sobre todo en la Antigüedad ha tenido el significado de consagración. Así las Vestales romanas, eran escogidas de entre las familias más nobles del imperio para mantener encendido el fuego a Vesta, "diosa" de la Tierra. En nuestra misma cultura Azteca, los sacrificios de mayor trascendencia eran los ofrecidos a Huichilopztli y consistía en el sacrificio de Vírgenes, las cuales, también eran escogidas de entre las familias más prestigiadas y era, como en las Vestales de Roma, un honor para la familia que una de sus miembros fuera consagrada a su "Dios".

Si bien es cierto que en la cultura Judaica, de manera general, no se daba un gran valor a este estado de vida, llegándose a considerar como un castigo de Dios la esterilidad, dentro del pueblo, sobre todo en los últimos años antes de la llegada de Cristo se desarrolló una secta que tuvo en gran aprecio a la vida célibe. Para los Esenios (aunque no todos lo vivían), el celibato representaba un estado de pureza y perfección que permitía el desarrollo de la vida espiritual de manera más plena. En este caso, la vida célibe ya no tendría el sentido de consagración, sino como un medio para crecer en la vida espiritual. Uno de los ejemplos más conocidos sería el de San Juan el Bautista, a quien se le ha identificado como uno de los miembros de esta secta. Teniendo esto como preámbulo, nos encontramos ahora con Jesús de Nazaret, quien, continua esta tradición dentro del Judaísmo, viviendo él mismo este estilo de vida. Con él, el celibato adquiere una nueva dimensión, ya esbozada por Juan el Bautista y que es la de la "dedicación total por una causa", en este caso: "por el Reino de los Cielos" (Mt. 19,12). Es decir que la construcción del Reino es tan importante y necesita de todos los recursos que un hombre pueda tener, que por ello consagra su vida de manera íntegra a esta actividad.

El celibato, como una opción de vida, fue rápidamente aceptado por la comunidad cristiana: prueba de ello es la carta de san Pablo a los Corintios en donde invita a vivir dedicado únicamente al Señor, para así poder atender solamente los asuntos del Reino (1Cor 7,29). Basados en las enseñanzas de Jesús, la comunidad entendió que la vida celibataria, sería también un modo de iluminar el estado de vida definitivo del hombre en el cielo, en donde los hombres no se casan sino que viven solo para Dios (Lc. 20,35-36). Por esta razón muchos hombres y mujeres, empujados por la gracia y con el fin de ser modelos de la vida del cielo o para dedicarse de tiempo completo a la instauración del Reino, abrazan con amor este estado de vida. Quienes abrazaban este estado de vida no significaba que estuvieran ordenados al sacerdocio, ni a la vida religiosa como hoy la conocemos, ya que había sacerdotes casados y célibes. Por ello, durante más de 3 siglos el sacerdocio estaba formado por sacerdotes célibes y por sacerdotes casados. Cuando se terminó la persecución religiosa por parte del gobierno de Roma, se dio un doble fenómeno dentro de la Iglesia: Por un lado se empezó a considerar la vida celibataria, como una forma de "martirio" debido a las "renuncias" que esto implicaba; por otro surgió la vida monacal, la cual, originariamente ermitaña, buscaba retirase del mundo para vivir en continua oración y solo para el Señor. Estos dos factores hicieron que el celibato tomara nuevos matices, ya que se empezó a considerar que el estado celibatario sería el más perfecto para agradar y servir a Dios, dándose con ello un desprecio a la vida matrimonial.

Dentro del ámbito eclesiástico, las primeras consultas para instituir el Celibato como parte de la vida presbiteral se iniciaron en el Concilio de Necea (325). Ya en ese tiempo, en el Concilio de Ancira (314), se impuso la norma que impedía casarse después de la ordenación, por lo que si algún aspirante deseaba casarse debía hacerlo antes de recibir la ordenación y quedaba prohibido casarse nuevamente, aun cuando la esposa muriera. Se pidió también que quien aspirara al Episcopado debería ser una persona célibe. Influida fuertemente por el Monaquismo, y la necesidad de Evangelizar a toda Europa, la Iglesia Occidental fue paulatinamente imponiendo como norma para todos los clérigos el estado celibatario, mientras que la Iglesia Oriental, permaneció con estas normas. Por su parte la Iglesia Occidental, viendo la necesidad de una libertad mucho más grande para viajar y establecerse en lugares verdaderamente difíciles, fue inspirada por el Espíritu a unir las dos vocaciones en una sola: la vocación al sacerdocio y la vocación a la vida célibe. El concilio de Trento (1545-1563), ratificó la necesidad de la vida célibe para los sacerdotes, en orden a una TOTAL DEDICACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN DEL REINO.

Finalmente diremos que la vida celibataria es efectivamente una auténtica vocación, y que dadas las condiciones de libertad requeridas para dedicarse exclusivamente a la construcción del Reino, la vocación al sacerdocio continuará en este tiempo estando unida a la celibataria. Más aun, que dada la urgencia de evangelizar, el Señor continuará suscitando entre su pueblo hombres y mujeres, que como Jesús quieran dedicar su vida a la evangelización y al cuidado de los hermanos más necesitados a "tiempo completo". Sin embrago, debemos reconocer que es posible que cuando algunas de las condiciones cambien, la Iglesia, dirigida por el Espíritu Santo, podrá decidir en ese momento que, como en las Iglesias católicas de Oriente, existan nuevamente en la Iglesia Occidental, sacerdotes célibes y sacerdotes casados. Mientras esto pasa, es menester de todo bautizado el asumir nuestro compromiso en la construcción del Reino, y no pensar que esta función corresponde solo a los célibes. Toda vocación en la Iglesia debe responder a la urgencia de ir y predicar el Evangelio con el fin de construir en este mundo la "civilización del amor". Los laicos cumplen también su misión profética evangelizando, con "el anuncio de Cristo comunicado con el testimonio de la vida y de la palabra".

Reconocer que Dios nos contempla y, así, actuar en consecuencia.

Poder vernos en su presencia para, así, saber que nuestra peregrinación por el mundo no es vana.

Llenar de sentido nuestra vida porque sabemos que tiene un fin divino.

Permanecer en el camino y, si es posible, evitar salirnos del mismo.

Vernos en las praderas del definitivo Reino de Dios para, así, no cejar en nuestro espiritual empeño.


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