Traducción de Google: Nota de Ville Hietanen (Jerome) de ProphecyFilm.com y Against-All-Heresies-And-Errors.blogspot.com: En la actualidad, yo (pero no mi hermano del correo "professionfilm12") he actualizado muchos de mis cree estar más en línea con el Vaticano II y ya no me adhiero a la posición de que el Vaticano II o los protestantes, musulmanes, budistas o varios grupos y pueblos tradicionalistas, etc. o las diversas enseñanzas, santos y adherentes al Vaticano II (y otros canonizados por el Vaticano II) como Santa Madre Teresa o San Papa Juan Pablo II, etc., fue herético o condenado o no católico (o no el Papa) - o que son indignos de este título. También he abrazado las opiniones sexuales sobre el matrimonio del Vaticano II y ya no me adhiero a las interpretaciones estrictas expresadas en este sitio web y en mis otros sitios web. Para leer más de mis puntos de vista, vea estos artículos: Algunas correcciones: Por qué ya no condeno a otros ni los juzgo como malvados que hice antes. Por qué ya no rechazo al Vaticano II y a los sacerdotes católicos tradicionales ni a recibir sacramentos de ellos (sobre el bautismo de deseo, el bautismo de sangre, la planificación familiar natural, Una Cum, etc.) Preguntas y respuestas: ¿La condenación y los tormentos eternos para nuestros hijos y seres queridos es "verdad" y "buena", pero la salvación para todos es "maldad" y una "herejía"?

Confesión o Penitencia, La Biblia Enseña la Confesión a Sacerdotes

Confesión o Penitencia

La Confesión o Penitencia es el sacramento administrado por la Iglesia Católica mediante el cual los cristianos reciben el perdón de Dios por sus pecados. La tradición de la Iglesia toma la afirmación de los apóstoles de Jesús, según la cual Éste les había dado poder para perdonar los pecados en nombre de Dios. Se lee en el Evangelio según san Juan: "Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos." (Jn. 20:23)

Penitencia (La Confesion)

¿Para qué es el Sacramento de la Penitencia? —Para perdonar los pecados cometidos después del Bautismo.

Si en todos los reengendrados, dice el concilio de Trento, hubiera tal agradecimiento para con Dios que defendiesen constantemente la justicia recibida por su beneficio y gracia; no habría necesidad de otro Sacramento que el Bautismo para la remisión de los pecados; pero desgraciadamente, son pocos los que conservan la justicia bautismal y no se dejan vencer de la flaqueza. Por eso el Señor, rico en misericordia, quiso conceder todavía un remedio de vida á los que, después del Bautismo, se dejasen arrastrar á la muerte del pecado. Este remedio es el Sacramento de la Penitencia, por el cual, dice el mismo Concilio, se aplica á los que han caido después del bautismo el beneficio de la muerte de Jesucristo. Los santos padres han llamado á este Sacramento Bautismo trabajoso, porque no se recobra por él la gracia perdida sino con grandes llantos y trabajos, añade el expresado Concilio exigiéndolo así la divina Justicia á los ingratos que no conservaron su soberana amistad; ni cumplieron las promesas hechas en el bautismo. También le han llamado segunda tabla después del naufragio de la gracia bautismal; porque así como después de destrozado el bajel por la borrasca, no queda al navegante otro arbitrio que asirse de alguna tabla si quiere salvar su vida, así también después de destrozado el bajel de la gracia bautismal por el pecado, no queda al cristiano otro arbitrio que asirse á la tabla de la penitencia si quiere salvar su alma.

Este Sacramento fué prometido por Jesucristo antes de su muerte, cuando dijo á los Apóstoles: Todo lo que atareis sobre la tierra, atado será también en el cielo; y todo lo que desatareis sobre la tierra, desatado será también en el cielo; —y fué concedido después de su Resurrección, cuando sopló sobre ellos, y les dijo: Recibid el Espíritu-Santo. A los que vosotros perdonareis sus pecados, les son perdonados; y á los que los retuviereis, les son retenidos. —Por estas insignes palabras dió Jesucristo á los Apóstoles, Obispos y Sacerdotes la potestad de perdonar ó retener los pecados; potestad que jamás se había conocido en la tierra. ¡Potestad estupenda! ¡Qué! exclama aquí el Crisóstomo sobrecogido. ¡Que! los hombres que viven en la tierra tienen la dispensación de los tesoros del cielo! Sí, sin duda. La potestad que Dios no ha dado á los ángeles ni á los arcángeles, ni á otra alguna de las soberanas inteligencias, la ha dado á los hombres á quienes dijo: Lo que atareis sobre la tierra atado será en el cielo; y lo que dasatareis sobre la tierra, desatado será en el cielo. ¡Potestad incomparable! Los príncipes de la tierra, continúa este Santo Padre, pueden ejercer muy bien sobre los cuerpos la potestad de atar y desatar; pero la potestad de los Sacerdotes es muy diferente. Es una potestad que se ejerce sobre las almas y se extiende hasta el cielo, puesto que Dios ratifica en el cielo lo que ellos hicieron en la tierra. ¡Qué asombro! ¡El Padre Eterno dió á su Eterno Hijo todo el poder de juzgar, y el Hijo Eterno le trasfiere á los Sacerdotes para que juzgue en su nombre!

Por otra parte, ¡qué consuelo para el pobre pecador tener por juez de su causa, en lugar de un Dios ofendido é irritado, un ministro de Jesucristo que se compadece de su desgracia, que le juzga con caridad y le sentencia con misericordia! ¡Qué alegría al oir de su boca: tú estas arrepentido de tus pecados, y yo te les perdono en nombre del mismo Dios á quien has ofendido; vé en paz y no peques más! ¡Cristianos! ¿Qué agradecimiento, por parte de los hombres, podrá ser suficiente para corresponder á este abismo de la caridad de Dios? ¡Oh caridad inefable! ¡Oh inmensa caridad! El Dios ofendido, en medio de su ira, se acuerda de su misericordia, traslada el tribunal de su justicia á la tierra, le convierte en un tribunal de perdón, y dá á los hombres mismos el encargo de perdonar á los hombres! Oh bondad incomprensible! ¡Infelices aquellos pecadores cuya desgracia llega al extremo de mirar con indiferencia este tribunal de misericordia, que la inmensa bondad del Señor les ha preparado en la tierra para perdonarles en el cielo! No, alma mía, no sigas tú sus huellas, Bendice al señor, y no olvides jamás este beneficio inmenso, El en este tribunal perdona todos tus pecados, sana todas tus llagas, te libra de la muerte. Bendigamos, cristianos, al Señor, porque nos ha dejado en el Sacramento de la Penitencia una piscina incomparablemente más prodigiosa que la de Jerusalén, puesto que en aquélla solo se curaba de tiempo en tiempo un enfermo, cuando en esta se cura en todas horas y á todos los enfermos que se acercan á ella, verdaderamente arrepentidos de sus pecados.

¿Qué pecados son esos? —Los mortales y también los veniales.

Aunque los autores distinguen muchas clases de pecados, aquí solo hablaremos de aquéllos cuyo conocimiento conviene al común de los fieles. El pecado, en primer lugar, se divide en original y personal. Original, es aquel que recibimos de la naturaleza y puede llamarse pecado de la naturaleza. Personal, es el que nosotros cometemos, y puede llamarse pecado de la persona. Este se divide en pecado de omisión y comisión. El de omisión, consiste en dejar de hacer lo que se debe, como dejar de oir misa en día de fiesta, de restituir lo ajeno. El de comisión consiste en hacer lo que no se debe, como trabajar en día de fiesta, tomar lo ajeno. También se divide el pecado personal, en interno y externo. Interno, es el que se consuma en el interior, como el mal pensamiento ó mal deseo. Externo el que se consuma en el exterior; como el homicidio ó adulterio. Hay siete pecados que llaman capitales porque son cabezas de otros pecados que nacen de ellos. Hay otros seis que llaman pecados contra el Espíritu-Santo, porque son de pura malicia, la cual se opone á la bondad que se atribuye al Espíritu-Santo. Estos son la desesperación de salvarse, la presunción de salvarse por sí solo, ó sin enmendarse, la impugnación ó persecución de la verdad conocida, la envidia ó pesar de la gracia ajena, la obstinación en el pecado, y la impenitencia final ó hasta la muerte. Es terrible lo que nos dice Jesucristo del que peca contra el Espíritu-Santo. Nos asegura que su pecado no se perdonará ni en este siglo ni en el venidero; no porque sea absolutamente imperdonable, puesto que es una verdad de fé que no hay pecado que no pueda perdonarse por el Sacramento de la Penitencia, si le confiesa el pecador con verdadero arrepentimiento, sino porque es muy difícil que éste se arrepienta de veras. El Sagrado texto llama irremisibles estos pecados, así como los médicos llaman incurables aquellas enfermedades que apenas nunca se curan, ó no se curan sino por una casualidad ó un género de prodigio. Infelices los que pecan contra el Espíritu-Santo, pues no pueden esperar el cielo sino por un género de prodigio. Hay otros cuatro pecados de tan crecida maldad, que claman al cielo. Estos son el homicidio voluntario la sodomia, la opresión del pobre, particularmente del huérfano desvalido y de la viuda desamparada, y la defraudación ó retención injusta del jornal del trabajador. Estos pecados se dice en la Sagrada Escritura que claman al cielo porque su enormidad está provocando y como pidiendo el castigo de la Justicia divina. Pero la división más esencial del pecado, es en mortal y venial.

¿Qué es pecado mortal? —Es decir, hacer, pensar ó desear algo contra la ley de Dios en materia grave.

El pecado mortal es el mal sumo del mundo. Todos los otros males comparados con él, vienen á ser nada. La sed, el hambre, las enfermedades y todos los demás trabajos y miserias de esta vida, solo tocan al cuerpo, y acaban en el sepulcro; pero el pecado mortal toca al alma, la quita la vida de la gracia, y, si no le borra la penitencia, vá con ella más allá del sepulcro, y la arroja en el infierno. No temais, decía Jesucristo á sus discípulos, no temais á aquellos que matan al cuerpo, y nada más pueden hacer; temed á aquel que, después de matar el cuerpo, puede arrojar el alma en el infierno. Es verdad que Jesucristo hablaba aquí de la justicia de Dios; pero el pecado mortal es quien le obliga á emplear sus rigores. El pecado mortal le obligó á arrojar del cielo y sepultar en el infierno la tercera parte de sus hermosos ángeles; el pecado mortal le obligó á echar del Paraíso y condenar á un lastimoso destierro á nuestros primeros Padres; el pecado mortal fué quien introdujo la muerte en el mundo y le llenó de miserias; y en fin, el pecado mortal es quien ha poblado y sigue poblando de réprobos el infierno. Este pecado, pues, este mónstruo, que tan horribles extragos ha causado y sigue causando, es, repito, el mal sumo del mundo, que debe evitar el hombre, aunque sea á costa de sufrir todos los demás males, y la muerte misma, como lo han hecho los mártires. Pues ¿qué viene á ser el pecado mortal, este mal con el cual ningún mal del mundo puede compararse? Es un quebrantamiento de la ley de Dios en parte considerable, ó materia grave, como dice el Catecismo. Es, según San Agustín, un dicho ó un hecho, ó un deseo contra la ley eterna, y según San Ambrosio, una prevaricación de la ley divina. El pecado mortal es una falta de obediencia á la voluntad de Dios; es una desobediencia que no tiene semejante, porque consiste en que Dios manda al hombre, y el hombre no quiere hacer lo que Dios manda. En suma; el pecado mortal, es lo que solo Dios sabe, porque solo Dios sabe lo que es desobedecer la criatura al Criador.

¿Por qué se llama mortal? —Porque mata el alma del que le hace.

En el alma del justo se han de considerar dos vidas; una natural, que es el alma misma que vive, y otra sobrenatural, que es la gracia, aquella vida divina que hace al hombre Hijo de Dios y heredero del cielo. El pecado mortal no quita la vida natural, pero quita la vida sobrenatural, y esto es lo que llama el Catecismo matar el alma del que lo hace. ¡Muerte lastimosa! ¡Muerte terrible! Para formar de ella alguna idea, consideremos el estado de un alma que se halla en gracia de Dios, y aquel á que la reduce un solo pecado mortal. Recurramos á la fé. Según ella, ¿qué viene á ser un alma en gracia de Dios? Es la criatura más preciosa y dichosa del mundo y la que en la tierra tiene más semejanza con los habitantes del cielo; es una amada de Dios, á quien Dios ha adoptado por hija y declarado heredera de su gloria; es un templo del Espíritu-Santo, un santuario donde habita la Trinidad beatísima. ¡Qué estado tan feliz! Todas las felicidades del mundo no vienen á ser otra cosa que infelicidades, comparadas con la de un alma que vive en gracia de Dios.

Pues ahora supongamos por un momento que esa alma tan feliz comete un solo pecado mortal. ¡Oh Dios, qué trastorno tan lastimoso! En el instante mismo que le comete, pierde la gracia, y con ella las virtudes, los dones, los méritos y los derechos al reino de los cielos; pierde la amistad de Dios; pierde á Dios mismo. Dios la amaba tiernamente, y ya la aborrece de muerte. Dios era para ella un padre cariñoso, y ya es un juez irritado. Ella era un templo del Espíritu-Santo, y ya es una caverna de dragones. En ella habitaba la beatísima Trinidad, y ya habita Lucifer. Ya no es hija de Dios, sino una esclava del diablo. Ya no pertenece al dichoso número de los justos, sino al número desdichado de los pecadores. Con su delito borró su nombre del libro de la vida, y la justicia divina la apuntó en el libro de la muerte. Pecando, volvió á crucificar á Jesucristo, esto es, volvió á dar motivo para una segunda crucifixión, si no bastara la primera. Desde el momento que cometió el pecado mortal, principió á caminar al infierno, y no parará hasta sepultarse en él, si una verdadera penitencia no la aparta de su infernal vereda. ¿Puede darse, puede imaginarse estado más lastimoso que el de un alma en pecado mortal? Esta breve pintura debe extremecer al justo, porque el que está en pié puede caer, y debe horrorizar al pecador, porque puede quebrarse el hilo de su vida, del que está pendiente, y caer en el abismo, sobre cuya boca le ha colgado el pecado mortal. ¡Situación espantosa, que no debe permitirle momento de sosiego hasta salir de ella por medio de una verdadera penitencia!

¿Qué partes tiene la penitencia para quitar el pecado mortal? Tres. —¿Cuáles son? Contrición de corazón, confesión de boca y satisfacción de obra.

El Sacramento de la Penitencia fué instituido por Jesucristo para perdonar los pecados cometidos después del Bautismo; mas para que éstos se perdonen, son necesarias la contrición, la confesión y la satisfacción; advirtiendo que en la contrición se incluye el propósito de la enmienda, y la confesión exige que anteceda el exámen de la conciencia; de donde resulta que vienen á ser necesarias cinco cosas, á saber: exámen de conciencia, contrición de corazón, propósito de la enmienda, confesión de boca y satisfacción de obra; las que vamos á explicar con alguna mayor detención, por ser tan necesarias para conseguir el perdón de los pecados.

Exámen de conciencia. Como en la confesión se han de manifestar el número y especie de los pecados al ministro de Jesucristo, para que pueda juzgar con acierto y sentenciar con justicia, es indispensable que el penitente, antes de la confesión, entre en cuentas con su conciencia y los averigüe, para poder confesarlos. De aquí se sigue, que el exámen de la conciencia no es otra cosa que una averiguación del número, clase y circunstancias notables de los pecados. Mas como uno de los funestos efectos que causa el pecado es la ceguedad del entendimiento, antes de entrar á registrar los intrincados senos de la conciencia, debe el penitente pedir al Espíritu-Santo sus divinas luces para conocer las culpas, poniendo por intercesores á la Santísima Vírgen, Angel de su guarda, Santo de su nombre y Santos de su devoción, y practicando, al mismo tiempo, algunas obras de piedad y caridad. Preparado así, entrará en el exámen de su conciencia, recorriendo los mandamientos de la ley de Dios y de la Iglesia, y los deberes de su estado, notando lo que haya faltado en cada uno de los mandamientos y deberes, para poder explicarse con claridad y con orden. Descubierto que sea algún pecado mortal, pasará á la averiguación de las veces que le ha cometido y de las circunstancias notables que le han acompañado, y así sucesivamente. Para hacer bien el exámen, es necesario desembarazarse lo posible de cuidados, y tener sus ratos de soledad y recogimiento, tanto más, cuanto haya sido más largo el tiempo que ha pasado desde la última confesión bien hecha, mayores y más complicados los negocios que ha tratado, y cuanto haya estado más abandonada la conciencia. El Concilio de Trento dice que el exámen ha de ser diligente; los teólogos convienen en que debe ser como el que se emplea en negocios de grande importancia; *y en personas que solo se confiesan de año en año se recomienda lo empiecen á pensar con algunos días de anticipación.* No hay un precepto que mande hacer la confesión por escrito, pero conviene mucho cuando es larga y complicada, suponiendo que sepa escribir el penitente. Sin embargo, es muy conveniente y provechoso confesarles con verdadero dolor y propósito de la enmienda. Concluído el exámen, debe humillarse profundamente el pecador á la vista de sus culpas reunidas, dolerse con un corazón contrito y humillado, como David, de todas ellas, y clamar como el publicano: Señor, tened misericordia de mí, que soy un pecador.

Contrición de corazón. La palabra contrición significa quebranto: la Sagrada Escritura la usa frecuentemente para manifestar un gran dolor que quebranta el corazón, y la Iglesia la ha destinado á explicar el dolor del pecador en el Sacramento de la Penitencia. La contrición en esta última acepción es, como dice el Concilio de Trento, un dolor del alma y detestación del pecado cometido, con propósito de no pecar más. Este dolor ha de tener las cualidades siguientes: Primera. Ha de ser interior, ó del alma, como dice el Concilio; y así ningún dolor exterior, ó del cuerpo, pertenece á la contrición. Segunda. Ha de ser sobrenatural, esto es, ha de tener por principio la gracia que le excita, y por motivos la ofensa de Dios y los males sobrenaturales del alma. Todo dolor que no tenga este principio y motivos, es inútil para el perdón de los pecados; y así, por grande que fuese el dolor de una mujer que cometió una impureza al verse cubierta de vergüenza por haberse hecho público su pecado, ó el de un hombre que hizo un hurto al ser conducido públicamente á la cárcel, nada valdría para el Sacramento de la Penitencia, porque no era dolor sobrenatural, sino natural, causado por motivos naturales. Tal fué el de Saul y Antioco al verse privados de sus reinos por sus delitos. Tercera. Ha de ser universal, esto es, se ha de extender á todos los pecados mortales, sin excepción, porque todos; sin excepción, son ofensas de Dios; y así no basta, por ejemplo, que se arrepienta de diez pecados el que ha cometido once; porque el once, de que no se arrepiente, es ofensa de Dios como los diez. Cuarta. Ha de ser sumo apreciative, es decir, que este dolor ha de ser el mayor en cuanto al aprecio, de manera que se aborrezca el pecado sobre todos los demás males. Véase lo que es amor apreciativo en la explicación del primer mandamiento, y se sabrá lo que es dolor apreciativo. Quinta y última. Ha de incluir el amor inicial, esto es, algún principio de amor de Dios, no que justifique fuera del Sacramento, sino que prepare á la justificación, comenzando el pecador á amar á Dios como á fuente de toda justicia, dice el mismo Concilio, y moviéndose de aquí al ódio y detestación de sus pecados.

*Al hablar de las disposiciones que en los adultos se requieren para el Santo Bautismo, se explicó esto del amor inicial; lo mismo decimos aquí, que ese amor puede entenderse del que lleva consigo la atrición que excluya la voluntad de pecar y se junte con la esperanza del perdón; sin que sea necesario exigir otro alguno como preparación á la Confesión ó al Bautismo.* El dolor puede ser perfecto ó imperfecto, ó menos perfecto. Al perfecto llaman contrición perfecta ó solo contrición, y al imperfecto atrición. La contrición es un verdadero pesar de haber ofendido á Dios por ser quien es, por ser sumamente bueno ó infinitamente amable; con propósito de enmendarse, confesarse y cumplir la penitencia. La atrición es un verdadero pesar de haber ofendido á Dios, ó por haber manchado el alma con la fealdad de la culpa, ó por temor del infierno, ó por haber perdido la gracia y el derecho á la gloria, con propósito de enmendarse, confesarse y cumplir la penitencia. La contrición y la atrición se distinguen muy notablemente, tanto en sus motivos como en sus efectos. En sus motivos, porque la contrición tiene por motivo el amor de Dios, y la atrición el temor. La contrición mira á Dios como amable, y la atrición como justiciero. La contrición nace de un amor de hijo, y la atrición de un temor de siervo. En sus efectos, porque la contrición borra el pecado mortal; causa la gracia santificante, vuelve al pecador á la amistad de Dios, le restituye los dones y las virtudes, hace que revivan sus méritos, y en fin, le restablece en la posesión de hijo adoptivo de Dios y en el derecho al reino de los cielos. Todo esto hace la contrición, y nada de esto hace la atrición. La contrición formó todos los verdaderos penitentes que se salvaron desde Adán hasta Jesucristo, y la atrición no pudo formar ni uno solo. Sin embargo, la atrición era muy útil entonces, porque disponía para la contrición; y lo es mucho más ahora, porque no solo dispone para la contrición, sino que, juntándose con el Sacramento de la Penitencia, causa la justificación; y así se dice con razón, que el que se confiesa con atrición, de atrito pasa á contrito. De aquí se sigue que el pecador debe procurar la contrición; pero si no la consiguiese y solo llevase atrición á la confesión, conseguirá la gracia por el Sacramento de la Penitencia. Lo mejor es, sin embargo, formar primero el dolor de atrición, luego ver de moverse á la contrición perfecta; la cual, y nótese esto bien, aunque perdona los pecados, pero no exime del precepto de confesarse de que se habla más abajo.*

Propósito de la enmienda. Tanto la contrición como la atrición encierran esencialmente el propósito de la enmienda, el cual no es otra cosa que una firme resolución de no volver á pecar, á lo menos mortalmente. Véte y no vuelvas á pecar, dijo Jesucristo á la adúltera que le presentaron los escribas y fariseos. Lo mismo advirtió al paralítico que curó al pié de la piscina. El pecador no puede alcanzar de Dios perdón si no tiene propósito de la enmienda; pero este propósito ha de ser firme, y no se ha de equivocar con los superficiales y pasajeros que se hacen en el momento de dejar el pecado para hacer la confesión, y se quebrantan tal vez en la primera ocasión que vuelve á presentarse. Más, ¿cómo ó por dónde conoceremos que nuestra conversión, nuestro arrepentimiento y nuestros propósitos han sido verdaderos? Para esto hay algunas señales que, aunque no son infalibles, dán una seguridad de mucha esperanza y consuelo. La primera es, cuando á nuestros propósitos se sigue una vida séria y penitente, que huye las ocasiones y peligros de pecar, que trabaja en vencer los apetitos desordenados, y se afana en destruir el hombre viejo de las pasiones y vestirse del hombre nuevo de las virtudes.

*Para alcanzar este fin, es preciso saber que hay una ocasión de pecar llamada próxima, porque ordinariamente hace pecar; y otra remota, en la que ordinariamente no se peca. Ahora bien, para que el propósito sea cual debe ser, es indispensable quitar desde luego la ocasión próxima; y si por razón que del penitente no dependa, es ello imposible, de próxima hacerla remota, lo cual el confesor dará modo de practicarlo. Quien, ciego de la pasión ó por orgullo, alega pretextos vanos, podrá quizás engañar al hombre; pero no á Dios; y aunque reciba la absolución, nada le vale, sino de añadir un sacrilegio. Ni basta rezar ó ayunar; es necesario dejar la ocasión: que escrito está: Quien ama el peligro, perecerá en él. Los peligros ú ocasiones remotas, como son tantos, no exije el Señor que los huyamos, solo sí que nos prevengamos, imploremos su auxilio, y nos esforcemos para no caer. Con todo, la prudencia y caridad consigo mismo aconseja á cada cual el imitar á los Santos que los evitaban cuanto podían. Por lo demás no siempre la pronta recaída es prueba de no haberse tenido buen propósito: ¡tanta es nuestra inconstancia! pero sí lo es comunmente el no usar esfuerzo ni medio alguno para no recaer; y con toda certeza, el no querer dejar la ocasión próxima; de suerte que permaneciendo en esa mala voluntad, no puede ser tener perdón de Dios.* La segunda *prueba de la veracidad de nuestros propósitos, es* cuando nos entregamos á la práctica de una piedad verdaderamente cristiana, consagrando al servicio de Dios lo que había servido antes para servicio del diablo, como lo hizo la pecadora del Evangelio, empleando sus ojos en derramar un torrente de lágrimas sobre los piés de Jesucristo, sus cabellos en limpiarlos, sus lábios en besarlos, y sus manos en ungirlos. La tercera, cuando gustamos de oir la palabra de Dios, sea en el templo ó fuera de él; sea en las explicaciones doctrinales ó en las conversaciones particulares; sea leyendo ú oyendo leer libros piadosos que la contienen; porque el que es de Dios, oye las palabras de Dios, decía Jesucristo á los judíos; y por eso vosotros no las oís, añadía, porque no sois de Dios. La cuarta y principal, cuando en lugar de un lenguaje murmurador, maldiciente, jurador, impuro, escandaloso y tal vez blasfemo, se pasa á usar un lenguaje caritativo, piadoso, timorato, aseado, puro, cristiano; cuando en lugar de una vida disipada ó mal entretenida, de una vida de mundo y de pasiones, se emprende una vida retirada y bien ocupada, una vida cristiana y de virtudes; cuando, en fin, los que conocían al pecador, le desconocen, y dicen lo que los vecinos del ciego de nacimiento á quien curó Jesucristo: Este no es el ciego que hemos conocido antes, sino otro que se le parece; cuando observamos en nosotros respectivamente estas señales, entónces debemos tener una consoladora esperanza de que nuestra conversión, nuestro arrepentimiento y nuestros propósitos han sido. verdaderos.

Confesión de boca. La confesión es una manifestación, que hace el penitente al confesor, de sus pecados para que se le perdonen por el Sacramento de la Penitencia. San Agustín dice: que la confesión es por lo que se descubre la enfermedad oculta, con esperanza del perdón; y San Gregorio añade: que la confesión es una detestación de os pecados; porque en efecto, el pecador debe manifestarlos con un corazón que los acuse, los deteste y desee tomar venganza de ellos en sí mismo. La confesión es necesaria á todos los que han pecado mortalmente después del bautismo. El Santo Concilio de Trento se explica acerca de esta necesidad en los términos siguientes: Toda la Iglesia creyó siempre que la confesión de los pecados fué instituida por el Señor, y que es necesaria de derecho divino á todos los que han pecado después del bautismo. Por tanto, si alguno dijere que para la remisión de los pecados no es necesario de derecho divino confesar en el Sacramento de la Penitencia todos y cada uno de los pecados mortales de que se tenga memoria, después de un debido y diligente exámen de conciencia, aunque sean ocultísimos, y las circunstancias que mudan de especie… sea excomulgado. Demás sería, después de esta decisión del Concilio, traer aquí los textos de la Sagrada Escritura, las autoridades de los Santos Padres y las incontestables razones teológicas que prueban esta verdad. La Iglesia ha hablado y todo está concluido.

Cualidades de la Confesión. Las principales son cinco: entera, verdadera, dolorosa, propia y sencilla. Entera, es decir, de todos los pecados mortales cometidos después de la última confesión bien hecha, con todas las circunstancias que mudan de especie, y también de cualesquiera pecados mortales ó circunstancias *(si mudan la especie)* que, por inadvertencia, olvido natural ó ignorancia inculpable, se hayan quedado sin confesar en las anteriores bien hechas, pues aunque quedaron perdonados, no han sido juzgados ni castigados, porque no fueron confesados. Si se deja de confesar algún pecado mortal ó circunstancia grave, sea por olvido voluntario, ó por ignorancia culpable, ó por malicia, ó por vergüenza, la confesión nos entera, y por consiguiente es mala, y hay precisión de renovarla, añadiendo el pecado ó circunstancia grave que se ha callado, y el sacrilegio que se ha cometido haciendo confesión voluntariamente mala. *Se ha dicho circunstancia específica ó sea que muda la especie de pecado, v. g., si, tratándose de un robo, éste ha sido de bienes eclesiásticos, porque entonces, además de robo es sacrilegio; si ha sido en materia grave, hay que decir, que la materia ha sido grave. No obstante, muchas veces el Confesor puede preguntarlas, con el fin, v. g., de ver cómo y cuándo ha de exigir la restitución; y entonces se deben declarar. Por lo demás es común y generalmente loable, acusar las circunstancias agravantes, ya porque muchos no saben cuáles son específicas y cuáles no, ya para que el Confesor obre con más conocimiento de causa.* El olvido se juzga voluntario, cuando no se ha hecho el debido y diligente exámen de conciencia, que dice el Concilio y queda explicado. La ignorancia es culpable, cuando procede de no saber la Doctrina Cristiana y las obligaciones del estado ó cargo que se ejerce. La malicia aquí es una iniquidad del penitente que se atreve á mentir á Jesucristo, negando á los piés del Confesor los pecados que Jesucristo está viendo en su corazón. La vergüenza no es aquella justa confusión que debe causar al pecador su pecado, sino aquel medio detestable que le hace callar su pecado. Esta vergüenza, que debería ser la menor causa de las malas confesiones, es acaso la más frecuente, por el poco conocimiento que se tiene de lo que es el tribunal de la Penitencia, y esto pide una explicación más extensa.

Cuando el Sacerdote bautiza, Jesucristo es quien bautiza, dice San Agustín; y cuando consagra ó absuelve, Jesucristo es quien consagra y quien absuelve. Cuando nos arrodillamos á los piés del Confesor, hemos de considerar que nos arrodillamos á los piés de un tribunal ocupado por dos jueces, uno visible, que es el Sacerdote, y otro invisible, que es Jesucristo; uno que solo conoce lo que manifiesta nuestra lengua, y otro que vé lo que hay en nuestro corazón; uno que absuelve ó niega la absolución según lo que resulta de nuestra confesión, y otro que aprueba ó desaprueba esta sentencia según las disposiciones que vé en nuestra alma; uno que concluye nuestra causa en el confesonario, y otro que la espera para repasarla en el momento de nuestra muerte. ¿Y qué cristiano, penetrado de estas verdades, podrá acercarse al confesonario á mentir en aquel tribunal sagrado? ¿Qué vergüenza podrá ser suficiente para que calle al Confesor visible lo que está viendo el Confesor invisible? Cómo podrá negar á los piés de Jesucristo lo que sabe Jesucristo? ¿Cómo es posible que deje de decir allí, aunque sea temblando: Dios mío, yo soy un criminal, vos lo sabeis; yo he cometido este delito, tratadme con piedad, usad de misericordia?

Por otra parte, todo pecado mortal merece una confusión y vergüenza eterna, y el pecador que no le borra en esta vida con la penitencia, sufrirá eternamente en el infierno esta confusión y vergüenza. Digo más. Aún en esta vida podría Dios obligar al pecador á manifestar públicamente sus pecados ocultos, por más graves, vergonzosos y multiplicados que fuesen, y pedir esta confesión pública como condición para perdonarlos y como parte de su castigo temporal; y en efecto, así lo ejecutó con David, haciendo patentes sus delitos á todo Israel y al sol de mediodía. Pero el señor no ha tratado de usar con nosotros de este derecho. Su imponderable misericordia ha querido evitarnos esta confusión, con tal que, arrepentidos, los confesemos en secreto á los piés de sus ministros, á quienes está impuesto un sigilo absoluto, profundo, inviolable y eterno por su ley divina y por todas las leyes humanas, quedando los confesores obligados á morir, como otro San Juan Nepomuceno, antes que faltar en ningún caso á este divino secreto.

Añádese á todo lo dicho, que el señor no encargó este piadoso ministerio á los ángeles, cuya grandeza y santidad habría aterrado y confundido á los pobres pecadores; sino á los hombres, para que, viéndose rodeados ellos mismos de iguales miserias y expuestos á iguales flaquezas, se compadezcan, dice San Pablo, de los que ignoran y yerran. Así, que cuanto más conozca el Confesor á su penitente, cuanto más grave sea por desgracia su delito, cuanto más arrepentido le vea, más admirará el poderío de la gracia, que ha vencido la resistencia de aquel corazón delincuente, y obligado al pecador á manifestarse y detestar su delito; tanto más adorará y bendecirá la misericordia del Señor, que nunca se abrevia para con el arrepentido; y su consuelo será á la vez tal, que llegará á derramar lágrimas de alegría, y á mezclarlas con las de su penitente. Pregunto ahora: ¿Hay aquí algún motivo para callar el pecado? Por el contrario, ¿no le hay, y muy grande, para descargar, confesándole, al oprimido corazón de su enorme peso? Sobre todo, la confesión de los pecados mortales, sean los que quieran, es inevitable. Si no los confesamos acá, ó los confesamos mal, les confesaremos allá; y entónces no será ya á los piés de un Confesor en el impenetrable secreto de la penitencia, sino á los piés de Jesucristo y delante de sus ángeles en el tribunal pavoroso de su justicia; y no solo esto, sino que los volveremos á confesar en el juicio universal delante de todos los hombres, de todos los Angeles y de todos los demonios. ¿Quién, pues, que no sea un loco, podrá callar sus pecados, por muchos, por grandes y por vergonzosos que sean?

*Penétrate, pues, oh cristiano, de estas consideraciones, y confiésalos enseguida, porque cuanto más dilatas confesarles, más dura el tormento que dán en la conciencia; más difícil se te hará el manifestarlos junto con los que vás añadiendo; más te expones, ó á morirte sin tiempo para nada, ó á no vencer la vergüenza ni en la última confesión y perderte para siempre. Busca, si quieres, Confesor desconocido; empieza por decirle tu empacho; puedes confesar por escrito; en suma, pide á Jesucristo y á su Madre que te asistan, y confiésate para no condenarte.*

Verdadera. La confesión no solo ha de ser entera, sino también verdadera. El penitente ha de confesar los pecados de que tiene conciencia, después de un diligente exámen, de modo que si está cierto de que cometió, por ejemplo, cuatro pecados, debe confesar los cuatro. Cuando no pueda fijar el número, debe procurar acercarse á él lo más posible, diciendo: tantos, poco más ó menos, huyendo siempre de disminuirlos por miedo ó de aumentarlos por seguridad, como hacen aquéllos que, al avanzar su número, ponen más que lo que les dicta su conciencia, porque es mejor, dicen ellos, echar de más que de menos; pero esto es un error, es una mentira, porque el número de los pecados se ha de confesar como le dicta la conciencia; y decir lo que no se siente, lo que no dicta la conciencia, es faltar á la verdad, es mentir. *Por tanto, si la materia en que á sabiendas se miente es grave, v. g. un pecado mortal, la Confesión es mala.* *En cuanto á los pecados dudosos, aunque algunos teólogos dicen que hay obligación de confesarlos, San Ligorio enseña como doctrina sana y segura, que no la hay.* *Sin embargo, deben confesarlos: 1.º, las personas poco instruidas en la doctrina cristiana, porque no sabrán discernir entre mortal y venial, cierto ó dudoso. 2.º Las de conciencia laxa, cual suelen tenerla los habituados á pecar, porque á estos todo les parece leve ó dudoso. Y para todos en general, si no son á quienes el Confesor lo prohibe por escrupulosos, es buen consejo confesarles para mayor tranquilidad de la conciencia.* *Dudosos son los pecados que dudo si los he cometido, ó si son mortales, ó si los he confesado ya bien; porque no estoy cierto; por un lado me parece que sí, y por el otro que nó.*

Propia. La confesión ha de ser de pecados propios. El penitente no ha de descubrir pecados ajenos, á no ser que esto sea necesario para declarar los propios, y entonces se ha de hacer ocultando en lo posible al que los cometió. Se dice que acabando una mujer de confesarse se acercó al confesionario su marido, que iba hacer lo mismo, y dijo al confesor: corríjame V. impóngame la penitencia y écheme la absolución. ¡Pero si V. no se ha confesado!... dijo el confesor sorprendido. —No es necesario contestó: aquella que acaba de confesarse es mi mujer, y se habrá confesado por mí. Esta ocurrencia del marido prueba los excesos que suelen cometerse en esta parte. El penitente, así como no ha de confesar los pecados ajenos, tampoco ha de escusar los propios; al contrario, se ha de echar á sí mismo la culpa de ellos, puesto que el mundo entero no puede hacernos pecar si nosotros no queremos. No permitais, Señor, decía á Dios el Profeta, que mi corazón se ladee hácia palabras engañosas para buscar excusas á mis pecados.

Sencilla. La confesión pide mucha sencillez. Santa Teresa de Jesús decía que procuraba confesarse siempre con aquella ingenuidad y sencillez que lo hacía cuando era niña. La confesión debo hacerse sin adornos, sin rodeos, sin disfraces, sin reservas, sin explicaciones vagas y generales que todo y nada significan. Debe hacerse sin cosa que extravíe de ella, ó que decline en conversación más bien que en acusación, y sin expresiones que de nada informan al confesor. Yo me acuso dicen algunos, si he jurado, si he maldecido, si no he estado en misa con atención, si he mentido, si he murmurado... Esto nada significa, porque nada se confiesa determinadamente, y el confesor no puede conocer ni áun si hay pecado. La confesión debe ser clara, sencilla, particular, y determinada, manifestando los pecados como están en la conciencia, las circunstancias notables que les han acompañado, y aún los motivos y medios de cometerlos, á fin de que conozca el confesor la fuerza de la pasión, la debilidad del alma que se deja arrastrar á ellos, y las causas que influyen ó cooperan á su perpetración, para removerlas, y aplicar remedios conducentes á preservar de la recaida. En una palabra, se deben huir las confesiones que no dejan conocer el corazón, porque no hay corazón reservado para Jesucristo, y este divino Autor de la confesión no quiere que le haya para el ministro que le representa y que ha de sentenciar en su nombré *y que, además de juez, es médico de las almas. Esto no es decir que para cada pecado se refiera una historia alargando tontamente las confesiones. Dígase v. g. Me acuso, Padre, de haber trabajado varias horas en diez fiestas. La ocasión ó incentivo de este vicio es esta ó la otra...; y luego, si el Confesor pregunta más, respóndase ingénuamente.*

* Confesión general. Consiste en renovar varias confesiones ya hechas. Cuando han sido malas, la Confesión general obliga; á partir desde la última buena; ó si todas fueron malas, desde que se tuvo uso de razón. Si se cree haber sido buenas; entonces no es preciso rehacerlas; pero suele ser provechoso con aprobación del Confesor, siquiera al tomar estado y en alguna otra coyuntura de devoción.* *Hecha á satisfacción Confesión general no hay que andarla repitiendo, aunque se mude de Confesor.’ *Las disposiciones son como en la Confesión ordinaria, solo en el exámen se hace sobre los pecados cometidos en todo el tiempo de que uno quiere confesarse.* *Quién hace Confesión general por devoción y no por obligación, claro es que, si quiere, puede omitir alguno ó algunos pecados que ya antes confesó bien. Con todo, si lo hace sin causa razonable, aunque la Confesión sea buena no será tan fructuosa.*

Utilidades de la Confesión. Primera. Nos facilita el camino de la salvación. Desde que pecó Adan hasta que instituyó Jesucristo el Sacramento de la penitencia, esto es, en el espacio de más de cuatro mil años; no tuvieron los hombres que caian en el abismo del pecado mortal, otro medio para salir de él que la contrición; pero desde que Jesucristo instituyó este Sacramento, tuvieron ya dos medios, que son la contrición y la confesión y no solo tuvieron dos medios, sino que el segundo es sin comparación mas facil que el primero, porque la confesión, como se ha dicho, no pide contrición para perdonar el pecado mortal, sino atrición; y nadie duda que es sin comparación más facil tener atrición que contrición, y por consiguiente que es sin comparación más fácil salir del pecado mortal por la confesión que por la contrición; esta mayor facilidad es un bien inestimable. Así que, la confesión no solo es un segundo medio, sino un medio sin comparación más facil que la contrición para conseguir el reino de los cielos, *amen de que la contrición no quita el haberse de confesar. Segunda. La confesión es el freno general de todas las pasiones. Para penetrarnos de esta verdad; no hay sino suponer roto este freno. ¿Qué torrente puede compararse al que formarían las pasiones desenfrenadas? ¿Qué virtudes no serían arrastradas por ese furioso torrente? Sin la confesión ¿qué de pecados y abominaciones secretas no inundarían el corazón humano! Porque ¿quién sujeta, quién ordena el corazón en su centro, fuera de la confesión? Pero ¿á que hacer suposiciones? No se ha visto este lamentable resultado en los hijos rebeldes de la iglesia que rompieron este divino freno, aboliendo la confesión? ¿No se está viendo en los mismos hijos fieles de la. Iglesia que no le usan? ¿Qué hacen los que viven dominados de alguna pasión ó entregados á algún vicio? ¿Los que llevan una vida criminal y no quieren enmendarla? Huir de la confesión, ó, lo que es incomparablemente peor, atropellara, presentándose á los piés del ministro de Jesucristo á insultar á Jesucristo con un sacrilegio. Es bien notable lo que sucedió sobre este punto al Emperador Carlos V con los herejes de Alemania. Al ver estos su país inundado de vicios y sus personas insultadas á cada paso, y sin seguridad unos de otros, pidieron al Emperador que mandase por una ley que todos se confesasen; porque después que no nos confesamos, decían en su representación, no podemos vivir ni valernos los unos con los otros. ¡Cuánto prueba este solo hecho á favor de la confesión! Tercera. Á ella se deben particularmente la piedad y virtudes que aún se conservan en el cristianismo. En la confesión no solo se refrenan las pasiones, se reprenden los vicios y se imponen los castigos que conducen á satisfacer por ellos y á desterrarlos; sino que se exhorta á obrar siempre la justicia, á practicar la virtud, á caminar á la santidad, y á llevar adelante con valor y con constancia las peleas de la salvación. En una palabra la Confesión es el gran muro que defiende á todas las virtudes de todos los vicios, y que forma dentro de su recinto los justos. *Dice un impío: —Tal confesor ha llevado el escándalo á una familia, luego la confesión es mala: —Respóndele: 1.° Que te permita poner el caso en cuarentena. 2.° Que no porque un alcalde mueva una sedición, se ha de ahorcar á todos alcaldes. * Cuarta. La confesión es del mayor interés para el bien de los particulares y de la sociedad que estos componen. En ella se sostiene la autoridad de los padres, de los superiores y de todos los que gobiernan, se mantiene la unión de los matrimonios y se defiende la fidelidad que ellos exigen; se ahogan los rencores, se hacen las reconciliaciones, se prepara la paz de las personas, de las familias, de los pueblos… en suma, en la confesión se defienden los derechos de Dios y de los hombres, y se trabaja en formar justos en la tierra y bienaventurados para el cielo. No es de menos interés para el bien de la sociedad. En la confesión todo conspira á hacer la felicidad de la sociedad, puesto que en ella todo conspira á formar justos en la sociedad; porque la sociedad más felíz no es la que tiene más sabios y poderosos, sino la que tiene más justos. ¡Ah! Una sociedad de justos en la tierra sería la imágen más propia de la sociedad que forman los bienaventurados en el cielo.

Precepto de la Confesión. * Todo cristiano tiene el deber por precepto divino, de confesar fielmente todos los pecados mortales que hubiere cometido después del bautismo y la iglesia con su divina autoridad ha prescrito, que nos confesemos siquiera anualmente á un Sacerdote por ella facultado; el Concilio de Trento aprueba el uso de cumplir este precepto á una con la Comunión Pascual, y el Papa Alejandro VII declaró no cumplirlo quien se confiesa mal. No obliga, como es claro; hasta la edad de la discreción, que generalmente es la de siete años, y desde que hay esta discreción, obliga, so pena de pecado mortal, una vez al año, y en peligro de muerte: sin que sea preciso cumplirlo con el párroco. El peligro puede venir ya de enfermedad, ya de otra causa; v. gr. una batalla; también lo es el primer parto para una mujer delicada, y para algunas todos ellos.*

*En peligro de la vida débese llamar al Confesor, aun para un niño menor de siete años por si acaso tiene uso de razón; y de todos modos tienen los padres, ó los que hacen sus veces, grave obligación de preparar á sus hijos, para que, llegados á aquella edad, ó antes si se les anticipa la malicia, los presenten al confesor por lo menos una vez al año: ni se fien de que el niño parece un angelito, porque no es oro todo lo que reluce, y por otra parte los consejos del Confesor y la gracia sacramental le servirán para conservar la inocencia.* *En general, cuando una persona cae enferma, ó él ó su familia, debieran llamar luego al Confesor, porque si bien es verdad que, á no ser para hacerla anual, no le obliga la confesión hasta estar de peligro, pero es muy recomendable ponerse cuanto antes en amistad con el Señor de la vida y de la muerte, y esto es lo que desea la Santa Iglesia. Aunque el enfermo no pueda hablar, llámese al Confesor, que se entenderán por señas: y si aun así no pudiera, con todo no deje de llamársele. Hay quienes no pueden darse á entender, pero oyen lo que se les habla. El enfermo procure como pueda, manifestar sus pecados y su dolor al Sacerdote, y si no puede más, acuda con fervor á Jesucristo y á María Santísima pidiendo perdón y misericordia con actos de contrición; y los que le rodeen, además de recomendarle al Señor; muévanle á dichos actos, póngale el Santo Cristo y el Rosario, rocíenle con agua bendita, y repítanle con devoción y pausa los santísimos nombres de Jesús María y José. ¡Cuántas almas se salvarán así, que de otra suerte se perderían acaso eternamente!*

*Casos hay en que obliga el confesarse como disposición necesaria para otro acto; así, antes de recibir el Santísimo Sacramento del Altar; y también sino se tiene contrición perfecta, cuando se vá á recibir, algún otro Sacramento de vivos (Confirmación Orden ó Matrimonio), ó administrarlo con los ritos solemnes.* *Nótese: 1º que nunca es de precepto la confesión para quien no tiene pecado mortal, ó que ya lo haya confesado bien; y 2.° que excusa del precepto la imposibilidad física ó moral; aquella si no hay Confesor; ésta, si, de confesarse, se temiese prudentemente notable daño en la vida, fama ó hacienda. Los que, por gran dicha, no han cometido sino pecados veniales, suelen con mucho fruto confesarlos, añadiendo para moverse más al dolor, algún pecado de la vida pasada ó sea de los confesados anteriormente: así con la gracia del Sacramento y los avisos del Confesor viven fácilmente en gracia de Dios, acumulan méritos para la eternidad, y ganan muchas indulgencias que. sin confesarse, perderían.* *Y aquí, por más que luego se hace más de propósito, no queremos pasar por alto el recomendar, tanto á sanos como á enfermos, que pidan á menudo al Señor perdón de los pecados, aunque no se hayan de confesar enseguida: antes entonces es más urgente excitarse á actos de dolor y contrición perfecta, por no quedarse enemistados con Dios y expuestos á que la muerte sorprenda en el estado de culpa.*

Frecuencia de la Confesión. Después de la explicación hecha de las utilidades de la confesión, nada más al parecer deberíamos hacer aquí para animar á los cristianos á que la frecuentasen, que remitirles, como lo hacemos, á leer aquella explicación; pero no basta que vean sus utilidades, es necesario desvanecer también las excusas que se alegan para no frecuentarla. Se dice que la Iglesia siendo una madre tan celosa del bien de sus hijos; no manda confesar más de una voz en el año; —pero si es tal su precepto, seguramente no es tal su deseo, porque no dice que los fieles se confiesen solamente una vez en el año, sino que se confiesen una vez á lo menos. Bien, querría esta piadosa madre que todos sus hijos frecuentasen la confesión, pero no se ha determinado á mandarlo; por no exponer á los tibios y empeorar á los sacrílegos. Además, yo quisiera preguntar á los que alegan esta excusa ¿que harían si se les mandase que se mudasen de ropa y camisa á lo menos una vez al año? ¿Se contentarían con mudarse una vez sola? ¿Dejarían de hacerlo con frecuencia? ¿Con que un cuerpo que se ha de podrir merece un frecuente aseo, y no le merecerá un alma que sea eterna? Se dice que no hay que confesar; mas ¿quién es éste? y le pondremos en las estrellas. ¡No hay que confesar! *Empieza á frecuentar la confesión; y pecando menos, hallarás más; porque esto afinará la vista del alma, San Francisco de Borja se confesaba dos veces al día.

Pluguiese á Dios que así fuese, y que se renovasen en nuestros días aquellos primeros y hermosos tiempos de la Iglesia cuando los cristianos eran tan justos que sin confesar podían comulgar, y regularmente comulgaban todos los días. Pero, ¡en qué tiempos nos hallamos! ¡Oh Dios mío! Cubramos con el velo del silencio los abismos de nuestro siglo. Se dice que son tantos los negocios que para nada dejan tiempo. ¡Válgate Dios por negocios, que ni para vivir preparados á morir cristianamente dejan tiempo! Pero ¿hay negocio en el mundo que pueda prepararse con éste? El vivir siempre preparados con la gracia para merecer entrar, en cualquiera hora que Dios llame, en el reino de la gloria, ¿no es el negocio de los negocios? ¿No es el sumo negocio, á cuya vista desaparecen todos los demás negocios? ¿Y no es la confesión frecuente la que prepara mejor y adelanta más este sumo negocio? Se dice que falta la libertad para confesarse con frecuencia. Soy un hijo, una hija de familia, un criado, una criada, un dependiente… Mas ¿qué superior cristiano puede impedir con razón á su inferior que se confiese todos los meses? San Francisco de Sales dice á su Filotea, que ni padre, ni madre, ni mujer, ni marido, ni otro alguno podrá estorbarla justamente el quedar una hora en la Iglesia para hacer allí su oración? ¿Cuánto menos se podrá estorbar justamente estarse una mañana cada mes en la Iglesia para confesarse y recibir el Cuerpo y sangre de Jesucristo? *Y ¡ay de los superiores que no dán libertad al que quiere confesarse y la dán al que quiere viciarse! Ya cojerán los frutos.* Pero, en muchos, no es la falta de libertad la causa principal de no frecuentar la confesión, es la falta de voluntad. Cuando hay ésta, todo se allana, todo se facilita, todo se prepara, y rara vez falta tiempo para confesar, no digamos cada mes, sino con mucha mayor frecuencia; y esta es una verdad que nos enseña la experiencia de todos los días. ¿Cómo seré yo santa? preguntaba la hermana de Santo Tomás de Aquino á su hermano; y éste la contestó, queriendo. Queramos, y confesaremos con frecuencia.

Elección del Confesor. No basta confesar con frecuencia; es necesario además elegir un buen Confesor, un Confesor sábio, prudente y celoso, que tenga bastante firmeza para hacernos cumplir todos nuestros deberes, y mucha caridad, discreción y dulzura para hacérnoslos amar. Esta elección es de la mayor y más respetable consideración, porque vamos á poner en sus manos lo más precioso que tenemos. Vamos á depositar en su pecho los secretos de nuestro corazón, los negocios de nuestra conciencia, los intereses eternos de nuestra alma, nuestra alma misma. Es también de la mayor importancia, porque vamos á tomar una guía que nos dirija en la difícil senda del reino de los cielos. Esta guía tino una estrecha conexión con nuestra salvación, y si es mala, desde que la tomamos nos ponemos en un gran peligro de perdernos para siempre. Es además de la última consecuencia, porque es indudable, que una gran parte de los que á pesar de confesarse viven mal y se pierden, es por falta de un Confesor sábio y celoso, que les aparte con mano firme del camino de su perdición y les dirija por el de su salvación. Os exhortamos, decía San Gregorio en el séptimo Concilio de Roma, os exhortamos que para recibir la penitencia por vuestros pecados, no corrais á aquellos confesores que traen una vida poco regular y no poseen la ciencia necesaria para dirijiros, y así más conducen las almas á la perdición que á la salud, según este oráculo de la verdad: si un ciego guía á otro ciego, ambos caen en la hoya; sino que os dirijáis á aquellos que, instruidos en la religión y las Escrituras, os puedan mostrar el camino, de la verdad y de la salud.

Por este pasaje del Concilio se vé cuán necesario es buscar confesores instruidos y virtuosos que nos dirijan por el camino estrecho del cielo, y no entregarnos indiscreta é indistintamente en manos de cualquier Confesor, que pueda extraviarnos y precipitarnos en la carrera del infierno; porque cuando el Confesor no es como debe, no se aplica á conocer al penitente, ni hacer que éste se conozca á sí mismo: limpia solo, según la metáfora de Jesucristo, lo exterior de la copa del cáliz, dejando lo interior lleno de inmundicia; esto es, se contenta con purificar la parte exterior y visible de los pecados, sin tomarse el trabajo de purificar la parte interior, arrancando hasta sus raíces para que no se reproduzcan; los vé repetidos en todas las confesiones, los mira sin turbación, y apesar de estas contínuas recaídas, sigue dispensando sus absoluciones, y preparando, si Dios no lo remedia, una víctima para el infierno en vez de un justo para el cielo. ¡Peligro terrible del alma que cae en manos de un mal Confesor! Y ¿quién aquí no se admira al ver la serenidad de aquellos penitentes que se confiesan con el primero que se presenta, y con tanta mayor voluntad cuanto es más.desconocido? ¿Quién no se asombra al contemplar la ceguedad de aquellos que buscan y eligen el Confesor más blando, más abreviador, acaso el más ignorante y ménos regular en costumbres; uno de los confesores que llaman de manga ancha; que tienen mano de tornillo; que echan cuarenta y cincuenta absoluciones en una mañana, ó en un par de horas, á penitentes regularmente de confesión de un año; y cuyo confesionario se vé rodeado de pecadores desgarrados, dice el Ilmo. Montalban en su preciosa pastoral sobre la penitencia; que no ván á curar sus heridas, sino á aumentarlas con los golpes de nuevos sacrilegios y á quienes estos confesores hacen según la alegoría del profeta Ezequiel, almohadillas para poner bajo de los codos, y almohadas para que descansen sus cabezas y duerman sobre sus delitos el sueño de la muerte? ¡Oh ceguedad espantosa!

Más aquí dirán muchos: nosotros no buscamos semejantes confesores. Es verdad que nos confesamos con el primero que hallamos, pero como todos están aprobados por el Señor Obispo, creemos que nos basta esto para obrar de buena fé. Más yo pregunto: ¿obraríais bien tomando de buena fé á un ciego por guía? ¿No caerías de buena fé con él en el precipicio? Bien sé yo que si se tratase de vuestra vida ó muerte temporal, y tuvieseis elección entre dos médicos, uno muy hábil y práctico, muy observador y cuidadoso de conservar la vida y restablecer la salud á sus enfermos, y otro ignorante, descuidado y que se le diera lo mismo por la conservación y salud de sus enfermos, que por su enfermedad y su muerte, bien sé yo que no elegiríais á éste, sino á aquel y tanto más, si os había de asistir de balde. Desengañaos, cristianos el confesaros con el primer Confesor que se presenta, pudiendo elegir, prueba el poco cuidado que os merece vuestra vida eterna. El Confesor, decía, está aprobado por el Señor Obispo. Y ¿no puede el Señor Obispo ser engañado? Y ¿no lo es, en efecto, más de una vez, á pesar de su celo pastoral y sus multiplicadas diligencias? Además un confesor puede ser más á propósito para unas almas que para otras, y debeis elegir el que más os convenga. Y en fin, como los confesores pueden ser buenos y mejores, sería una prueba poco favorable á vuestra salvación no elegir el mejor, pudiendo. Y en el caso de poder elegir, ¿cómo habremos de hacer la elección? porque no es regular que andemos averiguando la conducta de los ministros de Jesucristo. ¡Ah! esto es demasiado fácil, porque la curiosidad ó la murmuración lo aclaran todo. Luego se sabe en los pueblos la mayor ó menor capacidad é instrucción de los confesores, sus estudios y su aplicación: también se sabe quiénes son los que se detienen á instruir, desengañar, convencer, corregir, reprender, animar, consolar, curar y mejorar á sus penitentes; (porque todos estos oficios tiene que hacer á la vez el Confesor), y quiénes los que en nada de esto reparan; los que no tienen, al parecer, otro cuidado que despachar muchos penitentes; y al fin, se sabe y se vé su porte y su poca virtud, y se conoce que no mejorará mucho la conducta ajena, quien no mejora la propia, ni adelantará á otros en la virtud, quién no se adelanta así mismo. Y si no hay donde elegir porque no hay más que un Confesor, como sucede en los pueblos cortos, ¿qué haremos? Entónces es necesario confesarse con el que hay. Si es bueno, ya teneis lo que necesitais; si no, debeis acudir á Dios y pedirle que le haga cual vosotros le necesitais para que os ayude á salvar, ó que os conceda otro según su corazón; y debeis pedírselo tanto, dice San Agustín, como debe ser pedida una cosa tan grande. El Señor oirá vuestra súplica; porque tiene dicho: yo os daré pastores según mi corazón que os apacienten en ciencia y doctrina; y no permitirá que os falte un guia bueno y fiel, aun cuando fuere necesario, dice San Francisco de Sales, enviar un ángel del cielo, como hizo con el joven Tobías. Nada es capaz de impedir la salvación de las almas que la desean y buscan de veras, porque, ó las conduce el Señor y guias por Sí mismo, supliendo la falta de luz de los confesores, ó ilustra á estos para ellas y no para si mismos. Cuanto queda dicho se dirige al común de los sales. Las almas llamadas por Dios á una piedad singular y deseosas de caminar á la perfección, puedan y deben leer, para hacer con acierto esta lección, el capítulo que acabamos de citar.

*Para que no se entienda mal lo ahora dicho, advertiremos: 1.º Que cuando haya varios confesores, no es pecado ir á cualquiera, como no escojamos de propósito uno que se sepa no hace bien su oficio. 2.° No se crea ser mal Confesor el que no hecha siempre un sermón, y hace cien preguntas. Los mejores Párrocos suelen ser más expeditos, porque saben más, y porque desde el púlpito disponen al pueblo; y con los bien preparados suelen bastar pocas palabras. 3.° Aunque es mejor tener Confesor fijo, no prueba gran virtud desconcertarse cuando falta y no saber acomodarse con el que Dios dá; ni te aconsejo, cristiano lector, hagas promesa de no ir á otro. Cierto que no todos los confesores se dán igual maña para quitarnos los vicios y adelantarnos en la virtud; pero la culpa está comunmente en los penitentes. No es mejor confesor el que más gusta, sino el que más aprovecha. Mirémosle con ojos de fé, atendiendo á practicar sus buenos avisos y no al modo y cualidades que tiene. Cuanto menos tratemos con él de cosas de mundo, tanto más libremente nos dirijirá en las del cielo.*

Satisfacción de obra. Es una verdad de fé que perdonado el pecado mortal, en cuanto á la culpa y pena eterna, queda siempre, ó casi siempre, una pena temporal que pagar á la divina justicia, mayor ó menor, en proporción al mayor ó menor número y gravedad de las culpas y arrepentimiento del penitente. Los Libros Santos están llenos de los ejemplos de un Dios que, perdonando por su misericordia la culpa, se reserva por su justicia el castigo temporal de la misma culpa que perdonaba. Bastará citar aquí el ejemplo de un David. Peca este rey, se arrepiente, un profeta le asegura que Dios lo ha perdonado; sin embargo, ¡qué castigos temporales no ejecuta en este penitente el mismo Dios que le perdona! Pues esta paga de la pena temporal que queda después de perdonada la culpa y pena eterna, es lo que llamamos satisfacción de obra.

Jesucristo satisfizo sobreabundantemente por todos los pecados del mundo, y esta es otra verdad de fé; pero es necesario que su satisfacción se nos aplique, para que nos aproveche. Esta aplicación se hace según el orden establecido por Dios; y este órden es, que en el Sacramento del Bautismo se nos aplique hasta conseguir, no solo la remisión de la culpa y pena eterna; sino también de la temporal, y en el de la Penitencia solamente de la culpa y pena eterna, mas no de la pena temporal, la cual debe satisfacer el pecador, ó con penitencias en esta vida, ó con rigurosos castigos en el purgatorio. La razón de esta diferencia de efectos entre los dos Sacramentos la dá el Concilio de Trento diciendo: que el orden establecido por la justicia divina exige, que de una manera sean recibidos á la gracia los que pecaron por ignorancia antes del Bautismo, y de otra los que después de haber sido rescatadas de la servidumbre del pecado y del demonio, y recibido el don del Espíritu-Santo, no temblaron profanar con advertencia el templo de Dios (así llama al alma en gracia), y entristecer al mismo Espíritu-Santo. Por esta razón y otras que alegan los Santos Padres, y por otras infinitas que solo á Dios son conocidas, la Justicia Divina se ha reservado en el Sacramento de la Penitencia una satisfacción temporal que no exige en el Bautismo. Esta satisfacción, que también llamamos penitencia, se ha de imponer por el Confesor, porque es parte del Sacramento.

Penitencia medicinal. * Hay varias clases de penitencias, pero las principales y que no deben ignorar los fieles, son dos: medicinal y satisfactoria. Medicinales la que se impone para evitar la recaida en la culpa, que se dá al penitente para que no vuelva á pecar; por ejemplo, la prohibición de entrar en tal casa, de verse con tal persona; el mandato de confesar dé tanto en tanto tiempo, de tener tanta ó cuanta oración; el de dar una limosna; ayunar un día ó tomar otra mortificación, por cada vez que se vuelva á cometer tal ó tal culpa… Estas y otras así, son penitencias medicinales, que el Confesor es «Médico» á la par que «Juez» en el Sacramento de la Penitencia. El dejar la ocasión próxima del pecado, el restituir lo que no es nuestro, propiamente no son penitencias, sino obligación que el mismo Dios pone: de modo que aunque el confesor no diga cosa, está el penitente en el deber de hacerlo. Solo la imposibilidad excusa, y cuando al penitente le parezca no poder, consúltelo con el Confesor, primero, porque la pasión nos ciega y abulta las dificultades; segundo porque el Confesor muchas veces dará con medios en que nosotros no pensábamos. Ocasión próxima es aquella en que suele comunmente caerse en pecado, v. g., la amistad con una persona viciosa, la lectura de novelas impuras.* *Sean ó no de obligación, es de suma importancia cumplir las penitencias medicinales, ya que se enderezan á evitarnos la recaida.* ¡*Con qué exactitud no suelen seguirse las insinuaciones de un médico corporal, y eso que el resultado es tan incierto*! *Si al volvernos á confesar no hemos aún sanado de la dolencia espiritual porque se nos dió aquella medicina, es razón que tratemos con el Confesor sobre el uso y resultado de las penitencias medicinales. Por lo demás el Sagrado Concilio de Trento enseña que se impongan penitencias saludables, y no solo medicinales, sino también vindicativas ó satisfactorias.*

Penitencia satisfactoria. Esta es la que se impone para satisfacer á la justicia divina por la pena temporal que queda después de perdonada la eterna, como ayunos, limosnas, oraciones, meditaciones, lecturas piadosas, asistencia al Santísimo Sacrificio de la Misa, ú otros ejercicios ó mortificaciones que el Confesor estime proporcionados á las culpas confesadas. La penitencia satisfactoria debe cumplirse en el tiempo que se señale, y si no se fija el tiempo debe cumplirse desde luego, sin dilatarla de día en día; y en todo caso conviene cumplir prontamente alguna parte de ella para la integridad y perfección del Sacramento, pues aunque solo es parte esencial el ánimo de cumplirla, el cumplimiento efectivo, á lo menos de alguna parte, pertenece á su integridad y perfección. La tibieza de los últimos siglos ha obligado á la Iglesia á mitigar el rigor de las penitencias que imponía al fervor de los primeros, no porque la Justicia divina haya variado ni en un ápice la tasa de las penas temporales que ha de sufrir cada uno de los pecadores con proporción sus culpas, (pues lo que no satisfaga en esta vida, lo pagará en el purgatorio, sin salir de allí hasta haber pagado el último maravedí, como dice el Evangelio; sino porque esta Madre prudente ha preferido imponer á sus hijos penitencias que alcance á cumplir su tibieza, aunque no basten á satisfacer la pena temporal y tengan que acabarla de pagar en el purgatorio, á imponer penitencia que, por falta de su cumplimiento, le exponga á caer en el infierno. Mejor es, enseñaba ya en su tiempo San Agustín, enviar almas al purgatorio con pequeñas penitencias bien cumplidas, que al infierno con grandes penitencias sin cumplir ó mal cumplidas. Adviertan aquí particularmente los grandes pecadores, que no deben reposar sobre las penitencias que les imponen los confesores, siempre moderados por temor de que no se las dé cumplimiento, sino añadir otras por sí mismos para librarse de ir á pagar sus descubiertos en los tormentos de un terrible purgatorio. *Esto es lo común; sin embargo, dado el caso que al penitente, bien dispuesto por lo demás, le pareciese en verdad la penitencia que le mandan superior á sus fuerzas ó demasiado árdua, hará bien en exponerlo así humildemente; y si no se la moderasen, no pecaría, al menos mortalmente, en levantarse sin absolución é irse donde otro Confesor, siempre, se entiende, que lo hiciese con el debido respeto y buenos modos.*

Indulgencias. Como las indulgencias son uno de los medios que nos dejó Jesucristo para satisfacer por la pena temporal á la Justicia divina, es preciso dar aquí á lo menos la idea que baste para que los fieles sepan y procuren aprovecharse de ellas. Más antes de entrar en su explicación, es necesario suponer cinco verdades que son como los cimientos en que estriban las indulgencias. Primera. Que perdonado el pecado en cuanto á la culpa y pena eterna, puede quedar, y regularmente queda una pena temporal que pagar á la Justicia divina, ó con penitencias en esta vida, ó con penas en el purgatorio. Segunda. Que las obras buenas hechas en gracia son satisfactorias. Tercera. Que hay en la iglesia un inmenso tesoro de satisfacciones formado de las infinitas de Jesucristo. Sacrificado en el ara de la cruz el inocente Cordero, decía Clemente VI, con una sola gota de su preciosísima Sangre habría redimido á todo el género humano; vertió, no obstante, un torrente, y, para que no se perdiese, formó de ella un tesoro y le entregó á la Iglesia. Ved aquí el tesoro inmenso de donde se sacan las indulgencias á las satisfacciones de Jesucristo, se juntan todas las de la Santísima Vírgen y las superabundantes de todos los Santos, no como necesarias para formar este inmenso tesoro, sino como sobrantes de la Vírgen y los Santos, y procedentes en su orígen de los méritos de Jesucristo. Cuarta. Que la facultad de aplicar de este tesoro á los fieles, reside en la Iglesia. Quinta. Que el uso de las indulgencias es muy provechoso al pueblo cristiano, como lo tiene declarado el Santo Concilio de Trento, condenando y excomulgando á los que dijeren que son inútiles ó que la Iglesia no tiene facultad para concederlas.

Supuestas estas verdades, pasemos á explicar lo que son las indulgencias, de las que tanto habla el común de los fieles y tan poco sabe. Las indulgencias son unos rasgos de misericordia que usa la Iglesia con el pecador á quien las concede, pagando por él á la Justicia divina del dicho tesoro parte ó toda la pena temporal que aquél había de pagar, ó en esta vida con penitencias proporcionadas á sus culpas, ó en la otra con las terribles penas del purgatorio. Más breve: son unos pagos que hace la Iglesia por el pecador á la justicia de Dios, del tesoro que la dejó Jesucristo. Las indulgencias pueden ser parciales ó plenarias. Parciales son aquellas que se conceden con limitación, como cuarenta, ochenta, ciento ó más días de indulgencia; pero no se ha de creer que cada día de indulgencia libra al pecador de un día de purgatorio, sino de aquel tiempo que le libraría de él un día de penitencia hecha según el rigor de los antíguos cánones. Plenarias son las que se conceden sin limitación, y consisten en una remisión ó pago de toda la pena temporal debida por las culpas. Para ganar indulgencias es necesario estar en gracia de Dios y practicar las diligencias que manda el que las concede. Estas suelen ser confesiones, comuniones, visitas de iglesias, de capillas, de altares, asistencias á sermones, á doctrinas, á enfermos limosnas, ayunos y otras á este modo, y todas generalmente traen la condición de rogar á Dios por la paz entre los príncipes cristianos, extirpación de las herejías, tranquilidad y prosperidad de la Iglesia y aumento de la santa Fé católica. Mas aquí conviene advertir á los que desean ganar indulgencias, que tengan presente la célebre declaración de San Cipriano. Nosotros, decía este gran Padre de la Iglesia, no tenemos indulgencias para los flojos que duermen en la pereza, sino para los diligentes que velan en la penitencia. Tampoco las tenemos para los que viven en las delicias, sino para los que toman contra sí mismos las armas de las mortificaciones.

Purgatorio. Cuando el pecador muere, ó con culpas veniales, ó sin haber pagado á la Justicia divina con penitencias ó indulgencias toda la pena temporal correspondiente á sus culpas, perdonadas en cuanto á la pena eterna, es preciso que vaya á purificarse de aquéllas, ó pagar ésta en el purgatorio antes de entrar en el cielo, donde no se admiten ni los manchados con culpas veniales, ni los deudores de penas temporales. Es el purgatorio como un capacísimo horno, ocupado de voraces llamas, donde son purificadas estas almas justas, pero manchadas y deudoras, antes de entrar en el cielo. Es como un crisol preparado por la Justicia divina, para purificarlas como el oro en el fuego, antes de admitirlas en las purísimas moradas de la gloria. El sentir más común es que este lugar ó purificatorio se halla en el centro de la tierra, y, para decirlo así, pared al medio del infierno. Las penas que allí padecen son terribles. Santo Tomás dice: que la menor pena del purgatorio es mayor que las más grandes del mundo.

Lo cierto es que, hasta ahora no sabemos que se distingan los tormentos del purgatorio de los del infierno más que en su duración, porque los del purgatorio son temporales; y los del infierno son eternos. Tampoco sabemos el tiempo que están en él, pero si se atiende á las expresiones de los Santos Padres, es preciso inferir que están más tiempo de lo que comunmente se cree, y esto es muy consiguiente al modo con que allí se purifican y pagan su deuda, porque en el purgatorio ya no se purifican ni pagan con padecimientos satisfactorios, sino con tormentos puros, puesto que el tiempo de merecer se acabó con la vida. Allí ya no se hace una purificación abreviada ó aliviada por el mérito, ni un pago de proporción, sino de rigurosa justicia. Allí ya no se purifican ni pagan mereciendo, sino solo padeciendo. Esta idea de lo que es el purgatorio, debe motivar en nosotros resoluciones muy provechosas. Primera. Tomar grande empeño en evitar, no solo todo pecado mortal, con quien no se entiende el purgatorio, sino el infierno, más también todo pecado venial en cuanto alcance nuestra flaqueza. Segunda. Aplicarnos á hacer obras de penitencia para satisfacer á la divina Justicia antes de salir de esta vida, ya porque satisfaremos con penas incomparablemente menores que las del purgatorio, ya porque al mismo tiempo que nuestras penitencias y trabajos satisfagan á la divina Justicia, nos merecerán aumento de gloria. Tercera Cuidar mucho de ganar indulgencias, para pagar con el tesoro de la Iglesia, que se nos comunica por ellas, lo que no satisfaga nuestra flaqueza. Cuarta y última. Compadecernos tiernamente de las ánimas del purgatorio, y procurar ayudarlas á pagar la deuda que motiva sus terribles penas, puesto que podemos pagar por ellas.

Para movernos á socorrerlas bastará considerar quiénes son y cuál es su estado. Las almas del purgatorio son unas amadas de Dios, unas predestinadas. Son nuestros padres, nuestros hermanos, nuestros parientes, nuestros amigos; son nuestros prójimos. Un trono las está preparado y asegurado ya en la gloria; día vendrá en que vuelen á ocuparle. Desde aquel dichoso día serán unas vecinas del cielo, unas compañeras de los Santos, unas amadas de los Angeles, unas queridas de Dios que verán y gozarán de su divina presencia por toda la eternidad. Su estado en el purgatorio es el más lastimoso y digno de compasión. La más extremada pobreza, los dolores más violentos, los tormentos más terribles de esta vida, nada son comparados con los que padecen estas benditas almas. Nuestras oraciones, nuestras limosnas, nuestras mortificaciones, nuestros ayunos, nuestros sufrimientos, nuestras indulgencias, nuestras penitencias… todos son socorros con que podemos aliviar sus tormentos, ofreciéndolos por ellas, y sobre todo lo es el santísimo Sacrificio del altar, celebrado ú ofrecido por su descanso. ¿Podremos dejar de socorrer á unas criaturas las más amables y preciosas que hay bajo del cielo, y al mismo tiempo las más pobres y afligidas? ¿Y cuál, será el agradecimiento de estas benditas almas al verse aliviadas de sus penas con nuestros socorros, abreviado su purgatorio y acelerada su entrada en el cielo? ¿Qué no harán por nosotros desde las mansiones de la gloria aquellas dichosas almas á quienes hayamos favorecido en el lugar de sus tormentos? ¡Oh vosotras, almas compasivas cuyo corazón no puede sufrir la vista del afligido sin procurar consolarle y socorrerle! avivad vuestra fé; penetrad, guiadas de su divina luz, hasta el lugar de sus tormentos; contemplad sus penas, y vuestro corazón, sensible y piadoso, no podrá dejar de afligirse, compadecerlas y socorrerlas.

Y ¿es menester siempre que uno cae en pecado mortal confesarse luego para que se le perdone? —Bien sería, pero no es necesario. —Pues qué ha de hacer? —Tener verdadero dolor de perfecta contrición de sus pecados, con propósito de enmendarse y confesarse cuando lo manda la santa Madre Iglesia.

Ya dijimos que no hay estado más lastimoso que el de una alma en pecado mortal. Perdida la gracia y amistad de Dios, desheredada del cielo, hecha esclava de Satanás y rea del infierno, se halla expuesta en todo momento á caer en sus horrendas llamas y quedar sepultada en ellas por toda la eternidad. Y ¿será permitido, será sufrible vivir en tan espantoso estado? Algunos autores han sido de parecer que se comete un nuevo pecado mortal en no salir luego de él; y aunque el común no siente así, todos convienen en que se comete cuando se dilata considerablemente, y también exhortan á que se procure salir de él sin perder tiempo. La razón que dán es evidente. El que está en pecado mortal se halla en un estado de condenación, y en rigor es un condenado que anda sobre la tierra, aunque con medios para librarse de su condenación; pero si le toma la muerte sin haber salido de él, pasa inmediatamente á ser un condenado del infierno. Y ¿qué cosa más fácil que ser asaltado de la muerte? Nuestra vida pende de un hilo tan delicado, que se rompe con un soplo y aun sin tocarle. Muertes desprevenidas, muertes impensadas, muertes no creidas, muertes repentinas, muertes sin saber por qué… no hay cosa más frecuente. Y ¿cómo puede vivir el que está en pecado mortal en semejante peligro sin ser el mayor enemigo de sí mismo? *Luego la caridad para consigo le ha de mover á procurar, sin pérdida de tiempo, salir del estado de pecado mortal en que se encuentra. Además hay otras dos razones para lo mismo: una es, por no permanecer enemistado con Dios, nuestro Señor: otra, porque siguiendo sin la gracia de Dios, se halla en peligro de caer en otros pecados mortales. Ahora bien; dos medios tiene para salir de su lastimoso estado, que son: la perfecta contrición y la buena confesión. Y ¿cuál de los dos tomará? Bien sería, como dice el Catecismo, tomar el de la Confesión por más fácil, seguro y provechoso, pero bastará el de la Contrición, con ánimo de confesarse á su tiempo. *Por consiguiente, el alma que cae en pecado mortal, sino quiere acarrearse tantos males, acude al Señor para ponerse cuanto antes en su gracia; demos que no esté obligada, lo que puede concederse, á arrepentirse hasta que vaya á cumplir con la iglesia; tampoco Dios nuestro Señor está obligado á no enviarle antes una muerte súbita. Y ¡si se la envía!*

¿Qué cosa es pecado venial? —Es una disposición del pecado mortal.

El pecado venial es decir, hacer, pensar ó desear algo contra la ley de Dios en materia leve, así como el mortal lo es en materia grave, y esta es la principal distinción que hay entre el pecado venial y el mortal. Hay otra distinción, y es, que para pecado mortal se requiere á más de materia grave, advertencia perfecta de parte del entendimiento, y consentimiento perfecto de parte de la voluntad; de modo que faltando una de estas tres cosas, ó la materia grave, ó la advertencia perfecta, ó el consentimiento perfecto, no hay pecado mortal; y para pecado venial basta la materia leve, la advertencia imperfecta, ó el consentimiento imperfecto. A pesar de estas distinciones, al parecer bastante claras, es harto difícil muchas veces, y muchas imposible, conocer cuál es pecado mortal y cuál es venial. San Agustín, águila de los Doctores confiesa que es dificultosísimo averiguarlo, y peligrosísimo definirlo, y que, á lo menos él aunque había trabajado, por saberlo, no había podido conseguirlo; y añade, que acaso por eso se nos esconde, porque no aflojemos en el cuidado de guardarnos generalmente de todos los pecados. El Catecismo llama al pecado venial una disposición del pecado mortal; y efectivamente lo es, así como la enfermedad leve lo es de la grave. Es verdad que el pecado venial no destruye la gracia santificante, pero la hiere; no apaga la caridad, pero la debilita; no rompe la amistad con Dios, pero la entibia y dispone para el rompimiento. Más es necesario distinguir aquí dos clases de pecados veniales. Unos que se cometen por sorpresa, por desliz, por descuido, y éstos se llaman de flaqueza. Otros que se cometen con toda advertencia, con entero consentimiento, y éstos se llaman de ánimo deliberado, y son los que principalmente disponen para el pecado mortal, los que debemos evitar con mayor cuidado y diligencia, y de los que principalmente se verifica esta sentencia del Espíritu-Santo: el que desprecia las cosas pequeñas, poco á poco caerá. Es decir, según la exposición que de ella hace San Agustín, que el que se acostumbra á cometer el pecado venial, poco á poco pierde el miedo que le ha de preservar del mortal.

¿Por que se llama venial? —Porque ligeramente cae el hombre en él y ligeramente se le perdona.

Por el pecado original quedamos tan debilitados, que es imposible que podamos sostenernos mucho tiempo sin caer en pecados veniales. Esto nos enseña una triste, pero constante experiencia, y esto nos dicen en mil partes y de mil modos los Libros santos. Siete veces caerá el justo y se levantará, dice Salomón. En muchas cosas ofendemos todos, escribe Santiago Apostol. Y San Juan se explica en estos términos: si dijéremos que no tenemos pecado, nosotros mismos nos engañamos, y no hay verdad en nosotros. Santo Tomás, explicando esta doctrina, dice: que no hay pecado venial que no podamos evitar, porque si fuera inevitable, no sería pecado; pero que no los evitaremos todos, porque, cuando huyamos de unos, caeremos en otros. Esto prueba demasiado nuestra miseria; pero esta miseria debe humillarnos y hacernos más precavidos: más no abatirnos; porque si el hombre es miserable y cae facilmente en pecado venial, también Dios es misericordioso y le perdona fácilmente.

¿Por cuántas cosas se le perdona? —Por nueve.

El pecado venial no solo se perdona por la atrición, la contrición, la confesión y los demás Sacramentos, sino también por las nueve cosas que dice el Catecismo, á las que los Santos Padres y teólogos, llaman Sacramentales, no porque sean Sacramentos, sino porque así como por los Sacramentos, especialmente por el Bautismo y la Penitencia, se perdonan los pecados mortales, así también por los Sacramentales se perdonan los veniales no en virtud de los Sacramentales, sino de las oraciones de la Iglesia que las aplica, especialmente por los Sacramentales, á las personas que los usan á fin de que el Señor las conceda el arrepentimiento de los pecados veniales y se los perdone porque su perdón pende del arrepentimiento; y así es que el que se arrepiente de un solo pecado venial, aquel solo se le perdona; el que se arrepiente de muchos ó de todos, muchos ó todos se le perdonan, aunque no use sino de un sacramental; y el que de ninguno se arrepiente, ninguno se le perdona, aunque use, una ó muchas veces, de uno, de muchos ó de todos los Sacramentales. Los pecados veniales pueden ser perdonados unos sin que lo sean otros, porque no son incompatibles con la gracia, lo que no sucede con los mortales, que no pueden ser perdonados unos sin que lo sean todos, porque la gracia es incompatible con todo pecado mortal. Los fieles, pues, deben aprovecharse de los Sacramentales sin perder las ocasiones que se les presenten; pedir á Dios perdón de sus contínuas miserias, y contar con su infinita misericordia. El agua bendita es uno de los más notables, y en el que ha puesto más esmero la Iglesia, teniéndola desde la más remota antigüedad á la puerta de los templos constantemente, para que los fieles la tomen al entrar y salir de ellos, y puedan llevar de ella á sus propias casas, usándola contra las tentaciones y peligros.

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